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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #141635  por Galatea
 
Hola mis estimados colegas:

Aquí estoy nuevamente luego de unas dolencias que me alejaron un cachitín; y como siempre preguntando. Como siempre que tuve un problema laboral pude arreglar, en Secretaria, SECLO ó en primera audiencia e incluso antes de la vista de la causa, tengo poca experiencia en audiencias. Entonces pregunto:

Los testigos: ¿ son interrogados por el Tribunal? ó ¿Tengo que confeccionar yo el interrogatorio (creo que no)?

Muchas gracias

Saludos

 #141644  por Sailaw
 
Te referis a la vista de causa de Provincia?

 #141676  por Galatea
 
Si mi estimado, cierto que debo aclarar.
Especificamente me refiero a la vista de causa en Provincia de Bs.As.

Gracias y saludos

 #145355  por Verónica Marí­a
 
en provincia está la ley procesal 11.653 que regula todo eso. en la audiencia de vista de causa se produce toda la prueba. el único problema es que tenés que alegar en el mismo acto. es verbal y ante los jueces tenés que resumir la prueba que se produjo y alegar. sabés que no me acuerdo bien si pregunta el tribunal o preguntás vos. porque si fuí a una en provincia es mucho. creo que pregunta el tribunal. a ver si otro colega nos puede ayudar. suerte.

 #145357  por Sailaw
 
De acuerdo a mi experiencia en unos caso que tuve hace bastantes años, era el tribunal el que preguntaba.

 #145518  por Galatea
 
Estimado colega:

Efectivamente el Tribunal los interroga libremente.

Saludos

 #145545  por boga315
 
Hola, si es el Tribunal en el estrado y formalmente interroga libremente, no apto para testigos con dudas. saludos

 #146404  por barney
 
boga315 escribió:Hola, si es el Tribunal en el estrado y formalmente interroga libremente, no apto para testigos con dudas. saludos
El tribunal interroga a los testigos y luego le da la palabra a los letrados por su orden para que repregunten por medio del pte del tribunal, el cual declara la pertinencia de la preguntas a los testigos