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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1197642  por smk
 
hola
Se presento el siguiente caso
Mujer de 57 años con 26 años de aportes en relacion de depencia hasta la fecha
sueldo actual 80.000
No tiene inscripcion en autonomos ni en Monotributo
Quiere comprar los "4 años " que le faltan ahora.
Por lo que lei con las nuevas modificaciones no puedo utilizar las moratorias vigente 24476 ya que no pasaria el socioeconomico
Calcule un mes ( por mis facilidades) en 1985 y me generan 15000 de intereses
Si en SICAM elijo "otros libredeuda" y ley aplicable " regimen regularizacion 27260" y lo calculo me genera una liquidacion( 01/81 y 12/85)
consulta:Como genero el tickeck de pago?
de poder pagarlo lo tomara Anses como Años de aportes?
Y sino que se podria utilizar para que reconozca este periodo?
gracias por la ayuda
 #1197666  por MARIO1943
 
smk escribió: Mar, 10 Abr 2018, 21:19 hola
Se presento el siguiente caso
Mujer de 57 años con 26 años de aportes en relacion de depencia hasta la fecha
sueldo actual 80.000
No tiene inscripcion en autonomos ni en Monotributo
Quiere comprar los "4 años " que le faltan ahora.
Por lo que lei con las nuevas modificaciones no puedo utilizar las moratorias vigente 24476 ya que no pasaria el socioeconomico
Calcule un mes ( por mis facilidades) en 1985 y me generan 15000 de intereses
Si en SICAM elijo "otros libredeuda" y ley aplicable " regimen regularizacion 27260" y lo calculo me genera una liquidacion( 01/81 y 12/85)
consulta:Como genero el tickeck de pago?
de poder pagarlo lo tomara Anses como Años de aportes?
Y sino que se podria utilizar para que reconozca este periodo?
gracias por la ayuda
1) TIENE 57 ANOS, PARA QUE COMPRAR 4 ANOS, QUE TRABAJE HASTA LOS 61 ANOS
2) NO TE SIRVE, SON GRAVAMEN REFERIDOS A LAS IMPORTACIONES Y EXPORTACIONES
TE PEGO EL ENCABEZAMIENTO
AFIP aclara alcance del Régimen de regularización de la Ley 27260

La Res. AFIP 4007-E modifica algunos aspectos del blanqueo respecto de las infracciones y gravámenes aduaneros:

- Permite incluir todos los cargos suplementarios por tributos a la exportación e importación y los incluidos en los procedimientos por infracción, así como las multas por infracciones, por hechos imponibles o infracciones ocurridos hasta el 31.05.16. Anteriormente decía que abarcaba sólo los que hubieran sido notificados hasta el 31.05.16, es decir que ahora también quedan incluidos en esta regularización los que hubieran sido notificados después del 31.05.16 pero su hecho imponible o la comisión infracción ocurrió antes de esa fecha.
 #1197674  por smk
 
Gracias mario
La mujer esta en proceso de desvinculación en la empresa y creo que no va a tener posibilidad de encontrar otro trabajo con ese sueldo y si aporta como Autónomos , le va a bajar el sueldo Promedio cuando sea su momento de Jubilarse.
Ahora bien , si la desvinculan , en un año puede tener posibilidades por poder utilizar la moratoria 24476 ? ,ya que por lo menos el item de sueldo va a ser cero
Saludos
 #1197680  por MARIO1943
 
1) INSCRIBILA EN MONOTRIBUTO, LA LEY 24241 ESTABLECE QUE LOS PROMEDIOS SON INDEPENDIENTES.
VA A TENER LOS ULTIMOS 120 DIAS EN FUNCION A LO APORTADO EN RR.DD. POR OTRO LADO VA A TENER
EL PROMEDIO DE MONOTRIBUTO, QUE VA A SER CERO PESOS , EL HABER DETERMINADO VA A SER LA SUMA DEL PROMEDIO DE RR.DD. MAS EL PROMEDIO DE MONOTRIBUTO QUE VA A SER CERO, YA QUE EL MISMO NO TIENE SUELDO DISTINTO ES EL DE AUTONOMO QUE SI TIENE SUELDO,.LO DICE LA LEY 24221 COMO SE DETERMINA EL HABER JUBILATORIO, TAMBIEN HAY UN COMENTARIO DEL DR. JAUREGUI AL RESPECTO, LO BUSCO Y LO BAJO
2)CUANDO SE JUBILE VA A TENER COMO INGRESO EN LOS ULTIMOS 12 MESES LA ESCALA DE INGRESO POR LA CUAL SE INSCRIBIO, QUE ESTA ACTUALMENTE MUY POR ABAJO DEL TOPE, PERO COMO SE VA A JUBILAR A LOS 61 ANOS, NO LE VA A SER FALTA PASAR POR EL SOCIOECONOMICO
3) TAMBIEN TENE EN CUENTA QUE SI NO LO INSCRIBI EN MONOTRIBUTO , EL INGRESO VA A SER CERO PARA MORATORIA 24476, PERO HAY QUE VER LOS BIENES QUE TENGO Y NO TE OLVIDE QUE LOS INGRESOS Y BIENES ES LA SUMA DEL GRUPO FAMILIAR
 #1197683  por MARIO1943
 
LO BAJE POR ERROR EN EL POST DONDE YO LO HABIA PUBLICADO,



Aportes como autónomo mejoran los haberes


Al trabajador que aportó como empleado en relación de dependencia y autónomo, en el régimen estatal no lo perjudica computar los servicios autónomos, ya que se agregan a lo que le corresponde como empleado dependiente. También en el sistema de AFJP, los aportes personales como trabajador dependiente o autónomo automáticamente se suman porque ingresan a la misma cuenta.

Un empleado en relación de dependencia que durante 5 años hizo aportes como autónomo, mejora su jubilación total porque, según la categoría por la que haya aportado, se suma a lo que le corresponde como trabajador en relación de dependencia. Así, con 30 años como dependiente con un sueldo promedio de 1.000 pesos la jubilación estatal inicial sería hoy de 896 pesos y con los 5 años de autónomos cobraría de haber inicial 992 pesos, equivalente al 66% de su último sueldo.

El especialista Guillermo Jáuregui le dijo a Clarín que "da lo mismo, si los años de aportes fueron anteriores o posteriores a los que hizo como trabajador en relación de dependencia porque siempre mejoran lo que le correspondería sólo como dependiente".

Lógicamente cuanto mayor haya sido la categoría de autónomo, mayor es la mejora. Jáuregui aclara que para el cálculo de jubilación inicial "cuando no se superan los 420 meses de servicios mixtos, sean en relación de dependencia y autónomos sucesivos o simultáneos y cuando las remuneraciones más las rentas presuntas de autónomos no su peran la máxima remuneración imponible, hasta ahora 4.800 pesos y en adelante de 6.000 pesos, no perjudica computar los servicios autónomos, como se está difundiendo, sino todo lo contrario".

Jáuregui advierte, sin embargo, que cuando un trabajador tiene una larga vida de trabajo, sin llegar a las condiciones para la jubilación y en el último período de 5 años tiene servicios autónomos de baja renta o como monotributista y se incapacita o fallece, aunque haya tenido buenos sueldos en relación de dependencia, las pensiones se calculan sobre los últimos 60 meses de aportes. Entonces las pensiones pueden ser muy bajas.