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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #142253  por 123justicia
 
donde esta establecido la cantidad de horas minimas q debe trabajar la domestica para que reciena lli pueda pedir la indemnizacion.-
tengo una clienta que trabajo 2 veces por semana 4 horas cada vez, y durante dos años en capital federal.-
la echaron.
no le corresponde nada?¿
gracias espero me digan por favor algo..!!

 #142291  por alesuh
 
Decreto Ley 326/56. Art. 1

 #142576  por feli07
 
No le corresponde nada, es locación de servicios!

 #143059  por 123justicia
 
feli07 escribió:No le corresponde nada, es locación de servicios!
hay quer buscarle alguna vuelta de tuerca, ya que creo que seria muy injusto para la domestica, que de un dia para el otro le den el buque, sin siquiera considerar un monto minimo de resarcimiento.
alguien tuvo alguna experiencia? :roll:
con domesticos?

 #143065  por DAL
 
NO hay vuelta de tuerca: si trabajo dos dias y cuatro horas no es domestica dentro del estatuto. Cuando se pactó esta forma de trabajo ambas partes debian saber que no llevaba indemnización. No esta bien cambiar la cosa ahora!!!

La vuelta de tuerca que buscas, es mentir y decir que trabajaba más de lo que trabajaba. Con la verdad solo le correspode lo trabajado efectivamente.

Saludos!!!

 #143072  por 123justicia
 
DAL escribió:NO hay vuelta de tuerca: si trabajo dos dias y cuatro horas no es domestica dentro del estatuto. Cuando se pactó esta forma de trabajo ambas partes debian saber que no llevaba indemnización. No esta bien cambiar la cosa ahora!!!

La vuelta de tuerca que buscas, es mentir y decir que trabajaba más de lo que trabajaba. Con la verdad solo le correspode lo trabajado efectivamente.

Saludos!!!
sera mas equitativo una mentirita?
o lo dejo ahy?
es un conflicto entre las normas y la justicia como valor, que hacer?
gracias de todos modos :roll:

 #143074  por feli07
 
mmmmh...no sé. :roll: Tampoco es servicio doméstico ! No tiene la cantidad de horas necesarias, imaginate si vos tenés una persona que te ayuda en tu casa los martes de 8 a 12 hs, solo le pagás lo que por hora estipularon, ni obra social, ni sac ni vacaciones y mucho menos indemnización por despido. Seguramente esa misma trabajadora doméstica, porque las horas que trabajan se lo permiten, tiene varios empleadores en un mismo período. Distinto es el caso en que vos tenés su fuerza de trabajo a tu disposición durante más horas semanales, o que trabaje exclusivamente para vos como empleada doméstica.
Ahora bien, quizás por el lado de la locación de servicios a alguien se le ocurre algo..., lo que sucede en gral en estos casos es que se intenta crear "servicio doméstico" denunciando más horas de las reales pero yo no estoy de acuerdo y no lo hago, queda en cada uno. Saludos :)

 #143080  por feli07
 
perdón dal, no se porqué no visualicé tus mensajes anteriores y mande mi respuesta anterior que quedó media descolgada. Coincido con vos, no corresponde y punto. También es, a mi criterio, de buen profesional decirle claramente al cliente cuando NO tiene derecho, en vez de litigar en base a mentiras aumentando nuestra fama de cuervos! :evil:

 #143155  por DAL
 
Hola Feli no esta mal tu mensaje primero en relación al mio.
En realidad lo que plantea 123justicia es lo que vi a muchos hacer.
Que querés que te diga, no es al primero que se le ocurre.
Por supuesto el malo sos vos si le decías al cliente UD NO TIENE DERECHO y se va a otro, "le busca la vuelta" y le da para adelante.
Yo vi, y me quedó muy gravado, cuando gente que se le hizo este favor (o sea el empleado sin derecho), cuando pierde el juicio luego le echa la culpa al abogado, diciendo que el abogado lo metio en eso.
Concreto: un trabajador solvente (tenía dos autso) me vino a ver porque el abogado del demandado le embargó uno para cobrarse las costas.
El malo había sido su abogado que lo metio en el juicio.
Luego me entero que "el malo" fue el tercero, ya que los otros dos le habian dicho que no tenia derecho a reclamar "no me prestaron atencion" en palabras del cliente.

Que tul!

 #143177  por guillermogrt
 
En otro post parecido a este, manifesté mi posición, que básicamente es, como dijo un colega mas arriba, buscarle la vuelta a la situación. Parto de la premisa, que si bien reclamar por cuatro días con jornadas laborales de 4 hs., cuando en realidad se laboro 2 días, si bien no es legal, eso no quiere decir que no sea justo, menos si la normativa que me restringe es de facto como es el decreto. Hay que tratar de entender, que el servicio domestico, en principio esta desarrollado por personas de bajos recursos, que no dispone de dinero como para afrontar gastos de automóviles.
Y no estoy diciendo que hay que inventar siempre situaciones jurídicas para obtener un reclamo, sino que en un caso puntual del régimen del servicio domestico, considero que, como auxiliares de la justicia, hay llenar un vacío legal que el mismo decreto genera, de modo tal que maquillando la situación, (ajustar ciertos requisitos a una situación que se esta dando, que existe) se pueda proteger los derechos vulnerados.
Sin ir mas lejos el decreto nada dice de la situación de embarazo de las empleadas domesticas.
El empleador si tiene todo en regla, estará protegido ante esta situación, caso contrario, y como una extensión del principio protectorio, que pague por infractor.

 #145121  por alesuh
 
Diciento con la opoinion de "guillermogrt".

ojo, nuestra opinión es lo que legalmente esta establecido en un ordenamiento juridico que le otorga seguridad a una sociedad. No quiere decir que sea justo, en tal caso habria que propiciar un nuevo estatuto servicio domestico o modificar el existente.

Pero la realidad es que cada charla y/o curso de "Servicio Domestico" siempre estan vacias, o hay cuatro y/o los libros no se venden.

Si queremos mayor justicia para los empleados de servicio domestico, popiciemos un nuevo estatuto por intermedio de un proyecto de ley, etc.etc.

Me parece que me fui un poquito, no? Pero creo que es así. No podemos aconcejar a los clientes fuera de lo que legalmente les corresponde.

 #145131  por DAL
 
Claro. Nadie piensa en el empleador. Ninguno de nosotros es susceptible de un reclamo "maquillado contra legem pro justicia"??????????

Si el empleador se arregló con la empleada por dos días, para no contraer obligaciones, QUIEN LO PROTEGE de esta "JUSTICIA"????????????

 #145133  por guillermogrt
 
alesuh: disiento con vos, porque por ejemplo: si bien es legal regitrar a alguien con menores parametros a los verdaderos, eso s injusto.

viewtopic.php?t=24942

 #145134  por DAL
 
guillermogrt escribió:alesuh: disiento con vos, porque por ejemplo: si bien es legal regitrar a alguien con menores parametros a los verdaderos, eso s injusto.

viewtopic.php?t=24942
Eso no es justo pero tampoco es LEGAL.

 #145139  por guillermogrt
 
Dal: y si empleador arreglo un despido verbal, es justo o legal no nombrarlo en una intimacion?

viewtopic.php?t=24837

me voy a la noche vuelvo.