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  • A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #1200866  por shurabog
 
Buenas noches colegas, tienen experiencia en este tipo de demandas?
Estoy por realizar demanda contra el alimentante. Se trata de un joven de 21 años que este año inicio un profesorado. Viaja a una ciudad que esta a 40 min de su casa, sale a las 6.30 hs y vuelve a las 14 hs. de lunes a sábados. No trabaja.
Mi miedo es llegar a sentencia y que el juez no fije cuota argumentando que el chico puede trabajar y encima imponga costas a mi cliente. El vive con su mamá. Desde ya, que voy a centrarme en probar que no puede trabajar e independizarse y en que es injusto que la madre soporte todo.

Que opinan?
Muchas gracias
 #1200884  por IVANMKTRES
 
shurabog escribió: Dom, 20 May 2018, 19:27 Buenas noches colegas, tienen experiencia en este tipo de demandas?
Estoy por realizar demanda contra el alimentante. Se trata de un joven de 21 años que este año inicio un profesorado. Viaja a una ciudad que esta a 40 min de su casa, sale a las 6.30 hs y vuelve a las 14 hs. de lunes a sábados. No trabaja.
Mi miedo es llegar a sentencia y que el juez no fije cuota argumentando que el chico puede trabajar y encima imponga costas a mi cliente. El vive con su mamá. Desde ya, que voy a centrarme en probar que no puede trabajar e independizarse y en que es injusto que la madre soporte todo.

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Muchas gracias
Mira yo no hago alimentos, pero mientras este estudiando lo podes pedir. Ahora, lo que me deja "tecleando" es que tiene 21 años y ahora empieza a estudiar, yo iria al juzgado de familia con el que mejor te lleves y pregunta como estan tomando las demandas en estas circunstancias, si nadie mas te ayuda en el foro
 #1200921  por gero
 
Hola, en primer lugar si el alimentante pide la cesación de alimentos por alcanzar los 21 años, corresponde que se le haga lugar dado que los alimentos cesan ipso iure (pleno derecho) a los 21, no obstante ello la ley preve continuar abonando la cuota alimentaria para el caso de estar estudiando y solo hasta los 25 años.-
Para ello, hay que peticionar, en el mismo expediente, acompañando el correspondiente certificado de estudios y los fundamentos del caso e ir actualizándolo periódicamente hasta la fecha indicada.-
 #1201393  por ccolalongo
 
Un detalle, ojo que tiene que llevar la carrera impecable (ni un aplazo, alimentos para estudiar es para estudiar); te digo porque el padre va a estar constantemente oficiando al lugar de estudios a ver como lleva la carrera. Y si el profesorado son 4 años lo tiene que terminar en 4 no recursar nada. Yo lo pensaría dos veces, además podría trabajar. Todos lo hicimos cuando estudiamos y estamos vivos.