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 #1201339  por FedericoSB
 
Estimado/as, tengo el siguiente caso: Dos personas son condóminas de un inmueble con destino de vivienda. Una de ellas constituyo hace más de 10 años un usufructo gratuito y vitalicio en favor de otra persona sobre su parte indivisa. Dicho propietario ahora quiere extinguir el usufructo de dicha persona, ya que nunca utilizó la vivienda, no hizo ningún tipo de uso o goce de la misma en más de 10 años, no pagó impuestos correspondientes ni realizó acto posesorio alguno.

Yo pensaba basarme en el art. 2152 del código civil y comercial, modos especiales de extinción del usufructo: " el no uso por persona alguna durante diez años, por cualquier razón". Según he leído en doctrina este modo de extinción puede ser interpuesto por acción o excepción. Ahora bien, en jurisprudencia lo he encontrado solo interpuesto como excepción cuando el usufructuario ha querido lleva adelante una acción real, y el nudo propietario ha opuesto la excepción de extinción por no uso, obteniendo sentencia favorable el nudo propietario. Mi duda es ¿Que acción sería la pertinente para solicitar la extinción por no uso? Ya que ninguna de las acciones reales encaja bien en la situación descripta. Desde ya muchas gracias