Estimados foristas:
Me acaba de salir orden de inscripción - en Pcia.- en dos sucesiones acumuladas y en una de ellas intervino un colega que llegó hasta la D.H. Ahora bien, hacía más de 20 años que no se activaba esa sucesión. Ahora el juez saca un previo a la inscripción donde ordena la clasificación de tareas respecto a lo letrados intervinientes en ese expediente (el antiguo letrado hasta la D.H. y yo a partir de allí). La pregunta es,: teniendo en cuenta q la prescripción de honorarios no regulados para la S.C.J.B.A. se cumple a los 5 años y que la oportunidad de oponer la prescripción es ante 1era. presentación del acreedor (en el caso no sería acreedor porque se le había pagado lo laborado pero no hy comprobante) ¿Que me aconsejan hacer? ¿clasifico tareas y pido le corran traslado para en su caso oponer exepción? Si tengo que notificar algo ¿lo hago al domicilio constituido o busco y lo hago al electrónico? Espero me ayuden a pensar el tema porque debo resolverlo a la brevedad.
Me acaba de salir orden de inscripción - en Pcia.- en dos sucesiones acumuladas y en una de ellas intervino un colega que llegó hasta la D.H. Ahora bien, hacía más de 20 años que no se activaba esa sucesión. Ahora el juez saca un previo a la inscripción donde ordena la clasificación de tareas respecto a lo letrados intervinientes en ese expediente (el antiguo letrado hasta la D.H. y yo a partir de allí). La pregunta es,: teniendo en cuenta q la prescripción de honorarios no regulados para la S.C.J.B.A. se cumple a los 5 años y que la oportunidad de oponer la prescripción es ante 1era. presentación del acreedor (en el caso no sería acreedor porque se le había pagado lo laborado pero no hy comprobante) ¿Que me aconsejan hacer? ¿clasifico tareas y pido le corran traslado para en su caso oponer exepción? Si tengo que notificar algo ¿lo hago al domicilio constituido o busco y lo hago al electrónico? Espero me ayuden a pensar el tema porque debo resolverlo a la brevedad.