Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Porción que transmite en sucesión (quebrados)

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #1202728  por Nancys
 
Buenas tardes a todos, estoy haciendo la Declaracion jurada patrimonial de un sucesorio, con uno de esos casos que son realmente de manual, y ya me maree terriblemente con los números!!! por favor me pueden ayudar y decirme si estoy en lo correcto? El tema es así:
Inmueble cuyo dominio corresponde a 4 hermanos ( A, B, C y D) en partes iguales ( 25%, o 1/4 a cada uno). Hasta allí voy bien.
Fallece el hermano A, que era viudo y deja como herederos unicamente a 2 hijos: Hijo E; e Hijo F. ...Ahora bien, estaba en trámite la sucesión de A y en el interín y antes de que se ordene la inscripción fallece su hijo E y deja por testamento en partes iguales su porción a sus tíos B, C y D.-
Al mes siguiente fallece la tía B quien tenia esposo y 3 hijas (G, H, I )
Yo patrocino a el esposo de B y sus 3 hijas : G, H, I.
Ahora estoy sacando la tasa de justicia y según mis cálculos la porción indivisa que transmite B a su esposo e hijos seria de 29,166%, o 7/24 parte indivisa....es correcto???

Y a cada uno de ellos (esposo y 3 hijas G, H, I) luego de inscripta la DH les correspondería sobre el total del inmueble una porción de 7/96, o 7,29% y a los tíos C y D una porción de 28/96, es decir 29,16, mientras que al primo E le pertenecerían 14/96, equivalentes a 12,5% sobre el total.
Sería así?? Es correcto?? No encuentro manera de simplificar más los quebrados y el juzgado me los pide en fracción en lugar de porcentaje :roll: ...
Espero no haberlos mareado!!! Desde ya gracias al que se pueda tomar el tiempo de calcular e interpretar!!!!
 #1202733  por legalescom
 
Repasando, ahora, la segunda parte, estaría exacto, salvo, cuando decís: "mientras que al primo E le pertenecerían 14/96, equivalentes a 12,5% sobre el total", cuando E, al igual que F (te quisiste referir a F?), recibieron 1/8 (ó 12/96) cada uno, del total.
 #1202758  por Nancys
 
Muchas gracias por tomarte el tiempo!!!
Si, en la última parte me refería al primo F...pero vos me mencionás que la porción que le toca sería 12/96 y a mi me daba 14/96, indudablemente estoy calculando mal...
También me decís que B transmite 7/27, y a mi me daba 7/24....
Pero seguramente quien esta en el error soy yo!
Muchas Gracias por tu ayuda!!!
 #1202762  por legalescom
 
Viendo todos tus porcentajes, están bien. Lo que, para mí, estaría mal, sería el quebrado 14/96, ya que sería el 12/96, ¿porqué? Repasando:
Herederos de B: 7/96 x 4= 28/96
C y D: 28/96 x 2= 56/96
F= 12/96
Suma de quebrados: 12/96 + 56/96 + 12/96= 96/96
 #1202804  por legalescom
 
Por último, y ya me despido, estas fracciones de inscripción de la declaratoria, sólo te servirían, si se trata de una sucesión en Provincia, ya que respecto de capital, la Disposición Técnico Registral 7/2016, establece:
Ar­tícu­lo 1 Cuando se presenten a registración documentos que contengan declaratorias de herederos o testamentos sin que exista partición, solo se tomará razón, con relación a los sucesores y –en su caso– cónyuge supérstite, de sus datos personales, sin consignarse proporción alguna.
 #1202934  por Nancys
 
Si, es en provincia de Buenos Aires.
Ahora en la practica me surge otra duda pero en la liquidación del impuesto a la transmisión gratuita...
El causante tenia 7/24 partes indivisas del inmueble, equivalentes a 29,16%...pero a sus herederedos (esposo e hijas) les transmite la totalidad de su porción. En ese caso al hacer la ddjj, en fracción que transmite, pongo 100%, no?
Gracias!!!!
 #1202938  por legalescom
 
Pese a haberme despedido, vuelvo para aclarar al respecto. La porción, que se transmite y, por la cual, se tributará, la tasa de justicia y el ITGB, sería del 29,16%, sobre la valuación actualizada del inmueble.