Estimados, tengo una duda sobre estos artículos que refieren a la reserva de gastos. Los Art mencionan el caso, si no interpreto mal, para cuando hay realización de bienes. En el caso que me ocupa, no la hay, se está pagando el crédito con dinero en efectivo que aporta el deudor. ¿Corresponde la aplicación de esa reserva de gastos?
Muchas gracias.
Muchas gracias.