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 #143300  por dragates
 
Gente,
tengo entre manos una division de condominio, la propiedad esta el 50% a nombre de la madre y el otro 50% a nombre de los 3 hijos, pero estos cedieron a su madre y a su padre el usufructo vitalicio.
Rentas los esta ejecutando por la deuda del inmobiliario. quien es responsable en este caso del pago de los impuestos ?
corresponde que al vender la casa la deuda de impuestos se deduzca solamente de la parte que le corresponde a los obligados al pago?
Mi clienta es uno de los hijos, y no quiere que al vender le descuente de su parte el proporcional de la deuda del impuesto inmobiliario. Creen que esto es posible?

Gracias por sus opiniones.

 #143593  por Charlie
 
Según lo dispone el art. 2894 del C. Civil el usufructuario es el obligado al pago de los impuestos. Esto es así entre el nudo propietario y el usufructuario, pero el Fisco puede demandar al nudo propietario, o también al usufructuario, o a ambos, sin tener en cuenta la constitución del usufructo.

Si los nudos propietarios son los que abonan los impuestos, tienen acción para repetirlos del usufructuario.

Creo que con esto podrás solucionar el tema consultado.

Te dejo un fallo sobre la responsabilidad de los nudos propietarios frente al Fisco:

Juicio ejecutivo - Excepción inhabilidad título // Juicio ejecutivo - Título ejecutivo


La condición de nudo propietario, no exime del pago del impuesto que grava al inmueble, ya que tanto el art.2894 como el 2895 Cód.Civil sólo legislan sobre las relaciones del usufructuario y del nudo propietario entre sí, pero en modo alguno determinan la persona obligada al pago de los impuestos frente al Fisco, lo que está regido por normas de derecho público.

CCI Art. 2894 ; CCI Art. 2895
CC0100 SN 960368 RSD-170-96 S 27-6-1996 , Juez CIVILOTTI (SD)


CARATULA: Municipalidad San Nicolás de los Arroyos c/ Helfrich María Alejandra s/ Apremio
MAG. VOTANTES: CIVILOTTI-MAGGI
TRIB. DE ORIGEN: JC0305

Saludos.

**

 #143835  por dragates
 
Muchas gracias por tu respuesta.
 #1110059  por draamuchastegui
 
En definitiva, si dado el caso en que yo soy letrada del nudo propietario, y el usufructuario no paga los impuestos al Fisco, mi parte no podra oponer excepcion de falta de personeria en el demandado, pese a ser solo titular y no gozar de los derechos de uso y goce. ?