Buenas tardes como están,
Les consulto una duda que tengo respecto de una Sentencia favorable en primera instancia y en Cámara, notificada y firme, donde surge que se le debe indemnización por daños a mi cliente.
Ya práctiqué liquidación y se regularon honorarios de ambos letrados en primera instancia, ahora...está a registro (el Juzgado me debe notificar ?) voy por la actora quien ganó el juicio con costas.
Luego pido se eleven a Cámara para que se regulen ahí los honorarios (no hay mas instancias posibles).
Y de allí también entiendo que es la Cámara la que notifica a ambos letrados, verdad?
La duda puntual es
en qué momento debo pedir apertura de cuenta judicial o denunciar la cuenta de la actora para que se deposite la indemnización y el monto de la liquidación, y así también poder cobrar mis honorarios.
El plazo va a surgir ordenado por el Juez de Cámara ? O debo realizar alguna petición específica
Les consulto una duda que tengo respecto de una Sentencia favorable en primera instancia y en Cámara, notificada y firme, donde surge que se le debe indemnización por daños a mi cliente.
Ya práctiqué liquidación y se regularon honorarios de ambos letrados en primera instancia, ahora...está a registro (el Juzgado me debe notificar ?) voy por la actora quien ganó el juicio con costas.
Luego pido se eleven a Cámara para que se regulen ahí los honorarios (no hay mas instancias posibles).
Y de allí también entiendo que es la Cámara la que notifica a ambos letrados, verdad?
La duda puntual es
en qué momento debo pedir apertura de cuenta judicial o denunciar la cuenta de la actora para que se deposite la indemnización y el monto de la liquidación, y así también poder cobrar mis honorarios.
El plazo va a surgir ordenado por el Juez de Cámara ? O debo realizar alguna petición específica