Colegas, escucho aportes. Tengo una clienta, divorciada sin liquidación de sociedad conyugal. Tiene un inmueble adquirido por cesión de derechos mientras estaba casada, pero sin hacer escritura. Se entera esta semana que su ex marido hizo recientemente una nueva cesión de derechos (todavía no la inscribió), como si hubiera comprado el inmueble él ya divorciado. Tengo copia de la cesión original y varios instrumentos que la acreditan.
Inicio liquidación de sociedad conyugal con nulidad de la cesión nueva o inicio acción de nulidad del contrato solamente? Me preocupa que si hago liquidación de sociedad conyugal tengo que citar al cedente...
Inicio liquidación de sociedad conyugal con nulidad de la cesión nueva o inicio acción de nulidad del contrato solamente? Me preocupa que si hago liquidación de sociedad conyugal tengo que citar al cedente...
"Estos son mis principios. Si no le gustan tengo otros."