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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1205521  por matilmo
 
Estimada comunidad.
Tengo una clienta que tiene una peluquería en CABA y quiere realizar un contrato con un empleado que va los sábados (y que quizás en unos meses empiece a ir los jueves también). Ella impositivamente tiene todo en regla, personalmente y del establecimiento.
La especial situación es la siguiente: un empleado que trabajaba antes ahí le está haciendo un reclamo por debida registración (aún en instancia epistolar, sin llegar a convocatoria a mediar en espacio del Ministerio). Por lo que ella se quiere asegurar que el contrato que firme con este empleado le asegure que no le de posibilidades en un futuro de hacerle un reclamo por registración similar al que tiene en curso.
En la opción de registrarlo debidamente ocurre que el CCT de peluquerxs no prevee jornadas parciales como las que se dan en este caso. Y ponerlo, así sea en la categoría más baja, implica tanto dinero que no podría emplearlo (lo que la lleva a despedirlo, y a él lo coloca en situación de reclamarle debida registración... y a mí la matrícula por inoperante!!!).
En la contratación de servicios, siempre queda abierta la puerta para reclamos de registración...
Por eso es que estoy en la búsqueda de ayuda: ¿Qué hacer? ¿Tienen modelos de contratos de locación de servicios de peluquería (muy específico, lo sé...)?
Y otra cosa mariposa: ¿saben si los programas de subsidio que ofrece el Ministerio de Trabajo (REPRO, PEI, etc.) son accesibles teniendo presente que se contrata a alguien con modalidad de locación de servicios o sólo si se emplea gente con registración laboral ordinaria?
La última, si alguien sabe la manera en que esto se pueda resolver logrando que ella (mi clienta, la dueña de la peluquería) le facture a él (quien va a trabajar los sábados), sería un golazo de media cancha.
Agradezco MUCHÍSIMO todos sus comentarios y sugerencias. :mrgreen:

Saludos colegas!! *suerte*
 #1207192  por DRalonso
 
NO HAY DE QUE!

PERO NO HAY MAGIA

TU CLIENTA DEBERIA CUMPLIR LA LEY LABORAL, ¡Y EVITARSE JUICIOS!

EL ANTIGUAMENTE FAMOSO ROBERTO GIORDANO TERMINO EN QUIEBRA FRAUDULENTA POR ESTOS TEMAS.-
 #1207222  por matilmo
 
Sí, el problema es que no hay una figura legal propiamente dicha para la labor que desempeña este sr. en la peluquería... Por el tiempo que va a trabajar y la misma modalidad de trabajo (es como que le alquila la peluquería a ella, porque el trabajo realizado se lo queda él).
Será que mejor se desvincule, pero ello me apena, porque este sr. se quedará sin trabajo y mi clienta sin asistencia...
¡Dilema! :shock:
 #1207232  por profesional
 
y locacion de espacio?
digo: muchos abogados alquilan espacios en una oficina que comparten con otros colegas y cada cual es independiente.
No sé... habría que ver como lo instrumentan porque si él se queda con la ganancia y solo comparte ese espacio los días sábado me parece que podría encajar por ese lado porque la mujer no le fija horario ni tampoco le da directivas ni órdenes.-
 #1207883  por matilmo
 
profesional escribió: Mié, 22 Ago 2018, 11:23 y locacion de espacio?
digo: muchos abogados alquilan espacios en una oficina que comparten con otros colegas y cada cual es independiente.
No sé... habría que ver como lo instrumentan porque si él se queda con la ganancia y solo comparte ese espacio los días sábado me parece que podría encajar por ese lado porque la mujer no le fija horario ni tampoco le da directivas ni órdenes.-
¡Buena idea!
Se lo voy a presentar por ese lado a mi clienta...
¡Muchas gracias!
Saludos.