Estimados,
Por ser la primera vez que me toca un caso así, quería consultarlo con ustedes.
En una fábrica hace dos meses no pagan los salarios ni los aportes.
No tienen iniciado el procedimiento de crisis ante el Ministerio.
Tengo que intimar el pago de los 2 meses adeudados mas los aportes. Lo realizo bajo apercibimiento de considerarlos despedidos o bajo apercibimiento de iniciar las acciones legales para el cobro de los haberes adeudados?
Lo consulto porque los trabajadores tienen mucha antiguedad y es la primera vez que se atrasan en el pago. Entonces no quiero que el juez considere que se dio por despedido de manera inmediata existiendo la posibilidad de seguir trabajando paralelamente al inicio de un expediente por haberes adeudados.
Desde ya, agradezco la opinión que me puedan brindar.
Saludos.
Por ser la primera vez que me toca un caso así, quería consultarlo con ustedes.
En una fábrica hace dos meses no pagan los salarios ni los aportes.
No tienen iniciado el procedimiento de crisis ante el Ministerio.
Tengo que intimar el pago de los 2 meses adeudados mas los aportes. Lo realizo bajo apercibimiento de considerarlos despedidos o bajo apercibimiento de iniciar las acciones legales para el cobro de los haberes adeudados?
Lo consulto porque los trabajadores tienen mucha antiguedad y es la primera vez que se atrasan en el pago. Entonces no quiero que el juez considere que se dio por despedido de manera inmediata existiendo la posibilidad de seguir trabajando paralelamente al inicio de un expediente por haberes adeudados.
Desde ya, agradezco la opinión que me puedan brindar.
Saludos.