Buenas tardes colegas, tengo una duda sobre como determinar el monto de honorarios regulados en una ejecucion de honorarios. Debo poner el monto como me lo han regulado en valor jus o como lo expreso si quiero reclamar por art 52 inc b de ley arancelaria? lo convierto a moneda legal al valor del jus de la fechha y solicito los intereses moratorios del art 52 in c b?