Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Dudas sobre aportes de otro colega en Sucesión

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #1208717  por cam01
 
Estimados,

Ante todo gracias por la ayuda. Estoy tramitando una sucesión en la cual hay dos herederos. Inicié la causa representando a mi cliente y citando a su hermana, quien se presentó con su propia abogada. La hermana cedió sus derechos hereditarios en favor de mi cliente. Solicité la inscripción de la DH a nombre de mi cliente conjuntamente con la cesión y el juez la otorgó regulando honorarios a ambas abogadas. Yo presenté el pago de mis aportes de ley. Ahora bien, El juez librar el testimonio y oficIo de inscripción sin que la abogada de la otra heredera cumpla con el pago de sus aportes? En el caso de que sea necesario que los abone, cómo puedo hacer que los pague? Dado que la Dra. se desentendió. Muchas gracias. Saludos
 #1208721  por abogado_1987
 
en 1er término notificaría la regulación de honorarios, en prov Baires tené presente

ARTICULO 21°: (Texto Ley 12.526) Ningún Juez o Tribunal de la Provincia, cualquiera sea su Fuero, podrá aprobar o mandar a cumplir transacciones y conciliaciones, hacer efectivos los desistimientos, dar por cumplidas las sentencias, ordenar trámites de entrega, de adjudicación, o de transferencia de bienes de cualquier clase que fuere, ordenar cancelación de hipotecas y prendas o levantamiento de embargos, inhibiciones, medidas cautelares u otros gravámenes, devolver oficios o exhortos, dar por terminado un juicio o disponer su archivo, sin antes:

1°) Haberse pagado los honorarios, aportes y contribuciones que correspondan a la presente Ley, de conformidad con su regulación o con su convenio dentro del arancel, con respecto a los profesionales de las partes a quienes beneficie la medida, con respecto a los profesionales de las partes a quienes beneficien la medida.

2°) O haberse afianzado el pago de los honorarios, aportes y contribuciones mencionados mediante: depósito de dinero, retención porcentual de dinero, depositado a cuenta del monto del capital del juicio, u otras cauciones de tipo real. Se admitirá así mismo cauciones de tipo personal cuando la solvencia de lo obligado al pago sea notoria a criterio del Juez y no medie oposición de los letrados patrocinantes o apoderados de la parte vencedora.

Quedarán excluidos de esta exigencia, si a ello optara el profesional las actuaciones judiciales realizadas en representación o patrocinio de ascendientes, descendientes consanguíneos o afines, cónyuge y hermanos, cuyos honorarios fueren exclusivamente a cargo de los mismos. La opción en el caso tendrá los efectos de una renuncia expresa definitiva a la regulación y cobro de los honorarios correspondientes.

http://www.gob.gba.gov.ar/legislacion/l ... -6716.html
 #1208722  por legalescom
 
O sea, una vez cumplidos con todos los recaudos, referenciados por abogado_1987, y firmes los honorarios regulados al otro profesional, y, éste, no se aviniera a percibir y extender las constancias de cobro y de aportes previsionales, tendrás que depositarlos en autos, sumados los aportes, a cargo de la parte, y dándolos, expresamente, en pago.
 #1208791  por ESCSERGIOH
 
legalescom escribió: Lun, 10 Sep 2018, 07:51 O sea, una vez cumplidos con todos los recaudos, referenciados por abogado_1987, y firmes los honorarios regulados al otro profesional, y, éste, no se aviniera a percibir y extender las constancias de cobro y de aportes previsionales, tendrás que depositarlos en autos, sumados los aportes, a cargo de la parte, y dándolos, expresamente, en pago.
Colegas,esto es para Bs As no? pero llegado el caso, yo litigo en la pcia de Misiones,si no me interesan los honorarios regulados en el expte de la sucesion, o en un divorcio, por ejemplo, no pido la regulacion de los mismos? O el juez,de oficio, me los va a regular? En este ultimo caso,que debo hacer para que el curso del proceso no se interrumpa por esta causa? Entiendo que no puedo renunciar al cobro de los honorarios,deberia notificarme y no presentar ningun escrito consistiendo o negando los mismos?
 #1208891  por cam01
 
Muchas gracias por sus respuestas. De todos modos, es obligación de mi cliente pagar los aportes de la abogada que no lo representa a él pero si a la hermana? Esa es la parte que no entendí. Saludos
 #1208897  por legalescom
 
Si no los paga la hermana, tendrá que pagarlos tu cliente, para proseguir con el trámite. Por otra parte, no te olvides que la hermana cedió sus derechos hereditarios a favor de tu cliente, así que es la más interesada en terminar la sucesión. ¿Qué es lo que te cuesta, tanto, entender?
 #1208932  por cam01
 
legalescom escribió:Si no los paga la hermana, tendrá que pagarlos tu cliente, para proseguir con el trámite. Por otra parte, no te olvides que la hermana cedió sus derechos hereditarios a favor de tu cliente, así que es la más interesada en terminar la sucesión. ¿Qué es lo que te cuesta, tanto, entender?

Gracias por tu ayuda legalescom y gracias al resto también. No te enojes, soy nueva en la profesión y es la primera vez que llego a esta instancia en una sucesión, por eso estaba con muchas dudas. Solamente quería saber si había alguna forma de compelir a la abogada al pago. Pero ya me quedó clarísimo que si no lo paga ella lo va a tener que pagar mi cliente. Saludos, que tengan buen día.
 #1209107  por abogado_1987
 
cam01 escribió: Mié, 12 Sep 2018, 07:48
legalescom escribió:Si no los paga la hermana, tendrá que pagarlos tu cliente, para proseguir con el trámite. Por otra parte, no te olvides que la hermana cedió sus derechos hereditarios a favor de tu cliente, así que es la más interesada en terminar la sucesión. ¿Qué es lo que te cuesta, tanto, entender?

Gracias por tu ayuda legalescom y gracias al resto también. No te enojes, soy nueva en la profesión y es la primera vez que llego a esta instancia en una sucesión, por eso estaba con muchas dudas. Solamente quería saber si había alguna forma de compelir a la abogada al pago. Pero ya me quedó clarísimo que si no lo paga ella lo va a tener que pagar mi cliente. Saludos, que tengan buen día.
en cuanto a los aportes en prov Baires tené presente > ARTICULO 12°: (Texto según Leyes 10.268 y 11.625) El capital de la Caja se formará:
a) Con el diez (10) por ciento de toda remuneración de origen profesional que devenguen los afiliados y con el cinco (5) por ciento de esos mismos honorarios a cargo de las personas obligadas a su pago en los juicios voluntarios y con el diez (10) por ciento en los contradictorios...

http://www.gob.gba.gov.ar/legislacion/l ... -6716.html
 #1209182  por rublosrusos
 
Atención, si te traen una sucesión y se presenta solamente uno de los herederos, puede pasar el caso que planteas... a mi me parece que no hacía falta en primer lugar que el otro heredero se presente para ceder sus derechos hereditarios, bastaba con no presentarse NUNCA a la sucesión y listo...me parece mal que tu cliente tenga incluído el pago de los aportes de la abogada del restante heredero...además parece que la otra abogada se cuelga de la sucesión abierta por tu cliente, entra en la regulación de honorarios y cobra??? pero no hace aportes!!!...y ahora los aportes de la otra abogada los tiene que pagar tu cliente??? y encima vos al no ser el unico abogado, se te reducen tus honorarios porque entró la otra abogada a la fiesta???...no, ni ahí que le pague tu cliente los aportes a la otra, pedile al juez que la intime a realizar aportes en el expediente y te basás en las leyes y ariculos de la caja de abogados, y los que te han señalado...y si no da bola, se la intime, una y otra vez....y si ella hace caso omiso, que es probable que lo hara, ahi sí cedan con los aportes, y después reclamale el reembolso de los aportes...creo que te acostaron, la próxima atenti a estas avivadas y que no se te cuelguen de tu trabajo...