caso: inicié un aseguramiento de pruebas por un accidente de tránsito, 1 de los futuros codemandados interpuso excepción falta legitimación pasiva xq ella no era la conductora del vehículo embistente (cosa q es cierto), el juzgado decretó tenerla por presentada pero con respecto a la excepción dijo: "tenerla presente para su oportunidad" (o sea q no corre traslado). PREGUNTAS:
1.- se puede interponer excepciones en estas medidas?
2.- cómo puedo enderezar la medida para continuarla? xq el poder si bien iba contra la persona q interpuso la excepc. también dice " y/o contra quien resultare conductor y/o titular registral y/o.....", no sé si habiendo ya notificado el 1º decreto puedo agregar a otra persona
3.- tengo que allanarme a esa excepción?
4.- cómo sería el tema de los honorarios?
1.- se puede interponer excepciones en estas medidas?
2.- cómo puedo enderezar la medida para continuarla? xq el poder si bien iba contra la persona q interpuso la excepc. también dice " y/o contra quien resultare conductor y/o titular registral y/o.....", no sé si habiendo ya notificado el 1º decreto puedo agregar a otra persona
3.- tengo que allanarme a esa excepción?
4.- cómo sería el tema de los honorarios?