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 #1229539  por abogadamarialorena
 
Hola colegas!
Les consulto lo siguiente: Trabajador estuve un año con licencia por enfermedad inculpable. Luego entra en reserva de puesto. Renuncia para obtener el beneficio de la jubilacion. El empleador NO le abono el concepto de liquidacion final por renuncia. Ahora bien, se puede reclamar los dias de vacaciones no gozadas del año que estuvo con licencia? Gracias
 #1229583  por Frizt
 
Haber, si entiendo bien la consulta:
El trabajador gozo del período de licencia por enfermedad inculpable del Art 208 LCT. Se terminó el plazo de pago de remuneraciones y luego entro por la conservación del empleo del art 211 de la LCT. Pasado "X" tiempo renuncia por acogerse al beneficio previsional ordinario. Sí esto es así, y no una licencia sin goce de haberes que pidió.
Mi opinión es la siguiente:
No conozco jurisprudencia la respecto, pero considero, que correspondería la Indem. Vac. No Gozadas, sin considerar el plazo de la conservación del empleo del art 211 de la LCT (dado que no se devengo remuneración alguna), más el SAC respectivo.
Es mí opinión, pero espera la de otros colegas, porque los temas que salen de la regla, son opinables.
Saludos y disculpa, si entendí otra cosa en la anterior respuesta.
FRIZT
 #1258933  por agentil
 
Frizt escribió: Vie, 19 Oct 2018, 22:02 Haber, si entiendo bien la consulta:
El trabajador gozo del período de licencia por enfermedad inculpable del Art 208 LCT. Se terminó el plazo de pago de remuneraciones y luego entro por la conservación del empleo del art 211 de la LCT. Pasado "X" tiempo renuncia por acogerse al beneficio previsional ordinario. Sí esto es así, y no una licencia sin goce de haberes que pidió.
Mi opinión es la siguiente:
No conozco jurisprudencia la respecto, pero considero, que correspondería la Indem. Vac. No Gozadas, sin considerar el plazo de la conservación del empleo del art 211 de la LCT (dado que no se devengo remuneración alguna), más el SAC respectivo.
Es mí opinión, pero espera la de otros colegas, porque los temas que salen de la regla, son opinables.
Saludos y disculpa, si entendí otra cosa en la anterior respuesta.
FRIZT
Si, coincido le corresponde. El año que estuvo con inculpable le corresponde percibir las vacaciones no gozadas. Ojo con la prescripción.

Saludos