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  • SUCESION - CAUSA PROPIA (ROSARIO, SANTA FE)

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 #1230466  por DraPipa
 
Colegas, buenas tardes. Consulto:
En 2013 falleció mi papá. En 2017 inicié la declaratoria de herederos y ya tengo la sentencia inscripta. El expediente quedó en esa instancia.
Ahora quiero presentar denuncia de bienes, tengo que pedir regulación de honorarios previamente?? Desde ya quiero aclarar que no quiero percibir honorarios, y si bien tengo entendido en causa propia estamos eximidos de realizar los aportes.
¿Como deberia proceder? Presento la denuncia de bienes sin más y veo que me decretan, o pido primero regulacion de honorarios y que se me exima del pago de aportes???
Otra duda: mi hermano que es el otro heredero, tiene que abonarnos, no??
Aclaro: yo no me encuentro actualmente afiliada a caja forense.

Muchas gracias !!
 #1230470  por legalescom
 
Supongo que, a igual que en la provincia de Bs. As.m deber haber en Santa Fe una ley provinicial, por la cual al letrado que litiga en causa propia por sí como por sus familiares más directos, como tu hermano, uno puede pedir que no le regulen honorarios.
Ley 10.727
ARTÍCULO 5º. Exceptuase a los profesionales de la obligación de efectuar el aporte y la contribución establecidos en los incisos d) y e) del Artículo 4º en los siguientes casos:
a) Cuando el profesional sea el obligado al pago de sus honorarios en causa propia o actúe por derecho propio.
b) Cuando el obligado al pago de sus honorarios sea ascendiente, descendiente, hermano o cónyuge del titular de los mismos.