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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1230998  por totogar
 
Buenos dias, el titular fallecio con un 150 en tramite. Se inicio la sucesion, se llego a la declaratoria de herederos. Cuales son los pasos a seguir? Anses dice que no se presento el oficio sucesorio. Cual es el mecanismo de ese oficio. donde se pide que se libre? Gracias
 #1231010  por Mer1984
 
Tenes que pedir se libre un oficio en el sucesorio, con copia de la declaratoria de herederos, para hacer sabe a ANSES que "toda suma de dinero que corresponda percibir en virtud de las actuaciones caratuladas “REAJUSTE DEL CAUSANTE", en trámite por ante el Juzgado Federal de Primera Instancia de la Seguridad Social N° X Exp. X, sean depositadas en la cuenta corriente N° X(CBU X), abierta a nombre de estos autos en Banco dela Nación Argentina, Sucursal Tribunales, de la cual se adjunta constancia.
- Previo al libramiento del oficio pedís oficio para abrir cuenta del juzgado civil.
- Entiendo que ya debes haber informado al juzgado del reajuste respecto del sucesorio. Sino eso se hace también por oficio, con copia de la declaratoria de herederos. Saludo
 #1231012  por lucky
 
Complementando lo de Mer, hasta el año pasado estos eran los requisitos pero deberías acercarte a Paseo Colón para ver si no cambió algo.

REQUISITOS DEL OFICIO A ANSES EN CASO DE SUCESION (AV. PASEO COLON 329):

- DNI en el texto del oficio.

- Nº de Beneficio en el texto.

- Partida de defunción certificada o fecha de fallecimiento expresada en el texto del oficio.

- CBU con certificación bancaria o expresada en el texto del oficio.

- Si el oficio requiere depósito, debe indicarlo expresamente en su texto.

- Firmado por Juez y/o Secretario.
 #1482189  por MARCO82
 
Buenos dias,
Tengo que abrir una cuenta en el banco nacion por el fallecimiento del titular del beneficio con 150 en trámite. Este trámite sigue siendo igual que como se explica en el post o cambió algo?
Gracias
 #1482190  por lucky
 
Si te referís a una cuenta a nombre de los autos de la sucesión, pedilo al juzgado civil y ellos libran un DEOX.
Una vez que embargues en el reajuste, y depositado el dinero en la cuenta del juzgado de la seguridad social, le pedís que transfiera a la cuenta del sucesorio.
 #1482200  por MARCO82
 
Gracias por responder Lucky.
La situación en detalle es la siguiente: el jubilado falleción con el expte. 150 de ANSES en trámite. Se hizo la declaratoria de herederos siendo declarado como tal unicamente su hijo mayo (no hay persona con derecho de pensión).
Ahora tengo que hacer la ejecución de sentencia y según tengo entendido realizar la apertura de una cuenta judicial en el Banco Nación.
Si me equivoco en algo te agradezco me lo aclares.
Gracias nuevamente.
Slds.
 #1482202  por lucky
 
Está bien.
Ejecutá y embargá en el reajuste.
Una vez efectuado el embargo, pedís que transfieran el dinero a la cuenta de la sucesión (por eso tenés que pedir la apertura de una cuenta en el BNA en esa sucesión).
Una vez transferido el dinero al sucesorio tenés que pagar tasa de justicia.
En la liquidación a presentar en el reajuste, el capital es hasta la fecha de fallecimiento. Los intereses, hasta el mes previo al que liquides.
Una vez que cobre el heredero en la sucesión, tenés que presentar otra liquidación por los intereses del embargo.