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  • tareas comunes y diferenciales ¿como se prorratea?

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1233286  por fusser2
 
Buenas tardes, me llega un cliente que tiene tareas comunes y diferenciales (colectivero art.1 Dto.4257/68)
Fecha Nac.: 3/10/1963
18 años: 3/10/1981
t. Comunes: 01/09/1986 – 30/09/1986
t. diferencial: 01/05/1991 – 31/03/2004
01/07/2004 - 31/10/2018 (sigue en actividad)

En la determinación de servicios que trae (hecho el 28/11/20189, surge:
Tiempo informado: 27 A. 4 M.
Servicio Faltante: 1 A. 8M.
Edad Requerida: 55 A. 11M. 1 D.

Tendría que hacer, de acuerdo a lo que he leído hasta ahora, un prorrateo y comprar por moratoria (24.476 ó 26.970) los años que faltan. ¿Cómo se hace el prorrateo? he buscado el programa y no encuentro alguno que funcione, desde ya si alguien me puede ayudar les agradecería.
 #1233326  por Emma2011
 
CALCULO TAREA COMÚN Y TAREA DIFERENCIAL

La fórmula manual es:

Tomás• el "tiempo que trabajó en la tarea insalubre (TI)", lo pasás a días : ej 13a 5m 13d =4843 días

Tiempo requerido legalmente para TI, en días, dividido 100 :• ej.25 x 360 ./.100 = 90
luego 4843 dividido 90 = 53,81% para TI y por• lógica 46,19% para tarea común (TC)

Para determinar la edad de TI• 53,81 x 50 (ej de edad legal requerida) dividido 100 : ej 26,90

Para• determinar la edad de TC 46.19 x 60 dividido 100 . ej. 27,71
luego• 26.90¨+27,71 = 54,61

la edad para solicitar el beneficio es : 54 a 7m (0.61• x 12 = 7,32) y 10d (0.32 x 30 =9,60)

Para determinar el tiempo• trabajado de TI 53,81 x 25 dividido 100 : ej.13,45

Para determinar el• tiempo trabajado TC 46.19 x 30 dividido 100 : ej.13,85
luego 13,45 + 13,85• = 27,30

el tiempo a acreditar para la solicitud es 27a 3m (0.30 x 12=3,60)• 18 días (0.60 x 30 =18)
 #1233398  por fusser2
 
muchas gracias Emma, este calculo es mucho mas claro que el anterior que vi. por otro lado tengo otra pregunta, para que me sirve saber los porcentajes? y en cuanto al ultimo parrafo este seria la fecha en el que deberia de presentar la solicitud de servicios? desde ya muchisisissiismas gracias!!
 #1233422  por Emma2011
 
fusser2 escribió: Jue, 24 Ene 2019, 13:39 muchas gracias Emma, este calculo es mucho mas claro que el anterior que vi. por otro lado tengo otra pregunta, para que me sirve saber los porcentajes? y en cuanto al ultimo parrafo este seria la fecha en el que deberia de presentar la solicitud de servicios? desde ya muchisisissiismas gracias!!
No entiendo tu pregunta del ultimo párrafo...en el esquema que publique se dan las pautas para saber a partir de los diferenciales que trabajo, cuantos años comunes necesitaria.
Por otro lado esta el cálculo de la edad en que se podria jubilar.
Cuando alcance o compre (por moratoria si puede) los años de tareas comunes que nesesita segun los cálculos y ademas tenga la edad que te surge tambien de los cálculos es cuando se puede presentar la jublicacion...