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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1233439  por ESTUDIOLMA
 
Buen día, en un caso en donde el empleador tiene registrado al trabajador con fecha de ingreso y jornada correcta pero el salario no lo actualizo conforme surge del convenio colectivo desde el comienzo de la relación laboral, podría intimar por registración deficiente o solo pido diferencias salariales?

Saludos!
 #1233449  por adessoma
 
Buen día. Si tu cliente no cobra nada en negro no hay clandestinidad registral. En tal caso podrá reclamar -como bien decís- solamente diferencias salariales entre el sueldo devengado (art. 5° ley 25877) y lo efectivamente pagado, por todo el período no alcanzado por la prescripción.
Saludos.
 #1233466  por ESTUDIOLMA
 
Y en el caso que registren 30 horas pero trabaja 36 pero le pagan realmente como si trabajara 30? Es igual o en ese caso si aplica la multa del art 10? O sigo pidiendo diferencias salariales?
 #1233467  por adessoma
 
Si registraron 30 horas y pagan por 30 no hay clandestinidad registral; hay diferencia de salarios.
 #1233478  por ESTUDIOLMA
 
Gracias por responder. Entonces teniendo en cuenta que le pagan 30 ha cuando trabaja 36 pero le registraron 30 intimo a que rectifiquen la verdadera relación laboral en el plazo de 48hs (sin multas) y que abonen las diferencias salariales en el mismo plazo verdad?

Saludos y gracias por la ayuda.