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  • Enfermedad Inculpable - Junta Medica

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1233645  por fress23
 
Buenas noches foro.

Les presento esta consulta para que me aconsejen si el camino que elegí es el correcto. Acepto sugerencias.

Sucede que llegó a mi estudio un cliente con evidentes signos de mala praxis. Despues de una práctica médica tiene una enfermedad inculpable (falta de movimiento) por lo qué y luego de 3 meses de abonarle el sueldo, la empresa para la cual trabaja le manda un telegrama relatando que en lo sucesivo, y por el término de un año le conservará la vacante laboral por el término de un año,pero no el abonará el salario, según el ARt. 211 de la LCT.

Ahora bien, y para que no pierda este beneficio mi idea es rechazar el telegrama e instando a la conformación de la Junta Médica, conforme luce de los arts. 212 LCT y su CCT, que es el de ACARA - SMATA.

Gracias por su tiempo!
 #1233670  por Quica
 
Buenos dias.
En mi opinion debe evaluarse el caracter transitorio o permanente de la afeccion que aqueja a su cliente. Ej: si la limitacion en su movilidad es pasible de ser tratada médicamente, la reserva de puesto es correcta. Si por el contrario el tratamiento medico que reciba o pueda recibir es de tipo paliativo, el impedimento que presenta para reincorporarse a trabajar es de tipo permanente, con lo cual habrá que evaluar si el empleador puede reubicarlo en tareas acordes a su capacidad disminuida o si ello resulta materialmente imposible a la patronal, supuestos que determinaran el beneficio indemnizatorio que prevé el art. 212 LCT.
Espero haber contribuido a despejar sus dudas, saludos!
 #1233740  por ZAMAKUKO
 
Buenas tardes

por lo que entiendo de tu consulta el objetivo seria que tu cliente siga percibiendo su remuneración habitual mientras permanece en licencia medica, doy por descontado por el plazo de 3 meses que mencionaste, que tu cliente tiene menos de 5 años de antigüedad y que ademas no tiene cargas de familia, en ese caso ¿cual seria el objetivo a determinar por la junta medica? ¿hubo alguna discrepancia entre el medico de tu cliente y el de ellos? y de ser así las respuestas posibles de la junta medica son las que redactó el colega anterior y como mucho podrá obtener su remuneración hasta que la misma se expida. Por otro lado si hay un caso de mala praxis que puedas comprobar iría contra la clínica que lo intervino por todos los daños ocasionados.
 #1233745  por pulpos
 
Adhiero a las opiniones anteriores, en caso de mala praxis iria contra la clinica, pero no sacaria una junta medica si no hay discrepancia en los diagnosticos. La empresa se comporto correctamente, otorgo la licencia y luego la guarda de puesto. Reconocienod la dolencia de tu cliente, cual seria el objetivo de la junta?