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  • PRONTO PAGO CONCURSO PREVENTIVO

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 #1234294  por marianitaroxy
 
Buenas noches colegas, sepan disculpar la molestia.

Mi caso es el siguiente, no me quiero extender demasiado: tengo un cliente que firmó un convenio ante el Ministerio de Trabajo de la Pcia. de Bs. As. El acuerdo no fue homologado pese a que se prevía que en caso de incumplimiento de alguna cuota podía solicitarse la homologación. Mi cliente me visita y evalúo las opciones típicas, verificar el crédito o un pronto pago laboral. Si se homologa entiendo que no podría presentarse pues la homologación es posterior a la presentación en concurso, entonces la pregunta es si un simple acuerdo firmado ante el Ministerio de Trabajo (con la documental en la que se basan las sumas indemnizatorias pactadas) son suficientes para iniciar un incidente de pronto pago laboral o es conveniente verificar y seguir el camino normal del concurso.

Más que nada algunos de mis reparos descansan en que hay una parte de la liquidación donde se incluye antiguedad por un período en negro, quizás eso pudiera ser riesgoso en cuanto quizás, adelantándome bastante, haga creer al síndico y al juez que hay una posible connivencia ya que el crédito reconocido el el acuerdo es superior al soporte documental (certificación de servicios, recibos de sueldo) que puedo acompañar.

En ese sentido la prudencia me indicaría ir por el camino de la verificación, pero si alguien piensa algo diferente o me ofrece otro punto de vista, lo agradecería mucho.

Buenas noches colegas y perdón por la molestia.