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  • PAGARE - ART 36 LDC

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 #1234584  por iuris87
 
Buenas colegas, tengo que iniciar un ejecutivo (Lomas de Zamora) por unos cuantos pagarés...los mismos fueron por la compra de un auto...la consulta es 1) que pasa en la práctica con el art 36 de la Ley de Defensa del consumidor??? los juzgados exigen que se cumplan esos requisitos? 2) los pagarés tienen domicilio de pago en lomas de zamora pero el domiclio real del deudor y que además figura en el pagaré es en lanús... puedo iniciarlo en lomas o el juez se declarará incompetente de oficio? Graciasss!!