Buenas tardes colegas , en una causa de comunicacion con hijos que tramita en un Juzgado de Familia de San Martín , se da traslado a las partes de las pericias efectuadas , la providencia es de fecha 20 de febrero 2019 , dice notifiquese artículo 473 del Codigo Procesal Civil y Comercial, si no recibo notificación, a partir de que dia comienzan a correr los cinco días para contestar las vistas.-
Si dice "notifiquese" el plazo corre a partir de la notificación por cédula, (o cédula electrónica, no se como es en provincia. No va por ministerio de la ley. Y el plazo propiamente dicho, o sea la cantidad de días que tengas para contestar depende del tramite dado a la causa: civil ordinario: tantos días, sumarísimo: tantos días, amparo: xxx días, laboral: xxxx. etc.
Saludos.