Estimados colegas, los molesto porque me encuentro en una duda.
Tengo un consorcio que pretende reclamar una deuda de expensas a 4 UF.
Estas unidades pertenecen a una persona fallecida sin herederos forzosos y la deuda es posterior a su fallecimiento.
Se inició una sucesión testamentaria por parte de un presunto heredero con testamento ológrafo. En dicha sucesión la que intervino el Procurador de la Ciudad de Buenos Aires impugnando el testamento, denunciando que la firma del mismo es apócrifa y reclamando la vacancia de la sucesión.
En el medio del show estoy yo intentado ejecutar expensas. Corresponde presentarse en el sucesorio pese a que la deuda es posterior al fallecimiento? Vi varios fallos que afirman que no se ejerce el fuero de atracción cuando la deuda es posterior.
La verdad estoy perdido, inicio la ejecución contra el causante en expediente separado?
Desde ya muchas gracias!
Tengo un consorcio que pretende reclamar una deuda de expensas a 4 UF.
Estas unidades pertenecen a una persona fallecida sin herederos forzosos y la deuda es posterior a su fallecimiento.
Se inició una sucesión testamentaria por parte de un presunto heredero con testamento ológrafo. En dicha sucesión la que intervino el Procurador de la Ciudad de Buenos Aires impugnando el testamento, denunciando que la firma del mismo es apócrifa y reclamando la vacancia de la sucesión.
En el medio del show estoy yo intentado ejecutar expensas. Corresponde presentarse en el sucesorio pese a que la deuda es posterior al fallecimiento? Vi varios fallos que afirman que no se ejerce el fuero de atracción cuando la deuda es posterior.
La verdad estoy perdido, inicio la ejecución contra el causante en expediente separado?
Desde ya muchas gracias!