Hola colegas consulto tengo que contestar un traslado de filiación post mortem, alimentos provisorios,. Daños y perjuicios contra los herederos. Mi pregunta es la siguiente el causante estaba casado y paralelamente tenía otra familia la cual desconocia su esposa e hijos, dos años antes de fallecer toman conocimiento al ir a una.mediacion dónde se pide ADN y abona.alimentos provisorios y se establece otra fecha. Entre la se segunda se quita la vida tenía problemas psiquiátricos, lo cual se deja de pasar alimentos porque cesa . Ahora le llega a los herederos este reclamo. Pienso presentar excepción de falta de.legitimacion ya que no serían los sujetos pasivos para pedirle daños que piden los presuntos hijos y además solicita daños la señora por no pedir el reconocimiento , y además no están obligados al ADN los herederos. Me.ayudan cómo encarar la contestación y si poseen argumento ya se fallos etc. Y para sumar le piden el 50% de los alimentos provisorios de lo que cobra la viuda de la pensión que le quedó además de que tiene problemas de salud. Me parece exagerado el 50 % de la pensión, son 3 presuntos hijos. Ayúdenme estoy perdida