Buenos días: el estudio se especializa en previsional, a raìz de un pensiòn por viudez surge hacer la sucesiòn de los bienes y aparece un JUICIO en GCBA por una inscripciòn de Ingresos Brutos Convenio Multilateral del fallecido que nunca hizo la baja (aparentemente) porque se jubilò por invalidez hace ya varios años y posteriormente fallece. No hay notificaciòn legal pero cuando detectamos el reclamo en
www.eje.juscaba.gob.ar realizamos la consulta pertinente al mandatario. A raìz de esta consulta recientemente recibimos un mail y aparentemente se reactivo todo. Tenemos varias dudas y agradeceremos si alguien tiene la amabilidad de contestar:
a) las deudas en GCBA no poseen la prescripciòn de diez (10) años ?
b) si nunca hubo notificaciòn, ante la realidad de su fallecimiento (evento que nos conmueve ya que era una persona muy querida por nosotros en el estudio) sus herederos pueden ser intimados? ya que no pueden acceder con clave alguna para ver esta informaciòn.
Agradeceremos una respuesta y cualquier colaboraciòn que puedan brindarnos.