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  • Presentaciones electrónicas. Conformidad

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 #1237669  por criscecilia
 
Buenas tardes a todos. Estoy muy preocupada por un tema de conformidad a las presentaciones electrónicas. Estoy actuando como patrocinante en un daños en Pcia de Bs.As. El tema es que se me pasó presentar el escrito de conformidad por parte de mi cliente para las presentaciones electrónicas. El Juzgado siempre las aceptó sin objetar nada pero me estoy dando cuenta que mi cliente nunca presentó conformidad para ello.
Qué sucede con lo actuado hasta la fecha si presento dicha conformidad ahora?
Gracias
 #1237673  por legalescom
 
Si fueron cuestiones de "mero trámite" el letrado, estaba facultado a peticionar, sin necesidad de intervención de su patrocinado, atento a lo dispuesto por el Cód. Proc. Prov. en su:

Art. 117°: Anotación de peticiones. Podrá solicitarse la reiteración de oficios o exhortos, desglose de poderes, o documentos, agregación de pruebas, entrega de edictos, y, en general que se dicten providencias de mero trámite, mediante simple anotación en el expediente, firmada por el solicitante.
 
 #1237674  por legalescom
 
Además, la Ley N° 5.177, en sus arts. 56, inc. c), y 70 inc. 2) faculta, a los profesionales del derecho, a presentar escritos judiciales, con su sola firma, cuando sean de "mero trámite". La Suprema Corte Provincial, mediante Acordada n° 2327/16, definió y acotó los escritos de "mero trámite", que bastan con la sola firma del letrado y, amplió, con el Acuerdo 3842/17.