Estimados colegas, me ha llegado un caso, y es el primero de daños y perjuicios al que me enfrento.
A mi cliente su locadora le vació el local que le alquilaba y funcionaba como peluquería... esto fue en el año 2001. Ya terminó toda la parte penal y fue condenada (probation año 2007) por el delito de usurpación. Ahora me derivan el tema para hacer el daños y no se por dónde empezar!!!
Ya de entrada tengo la duda si esto no estaría prescripto....no se como contar la interrupción del plazo por el juicio penal, pero en todo caso, ellos tenían contrato de locación, quizás pueda ir por responsabilidad contractual... lo que mas me preocupa son que fundamentos utilizar para armar este daño tan particular, y como cuantificarlo, y si las pruebas se manejan independientes de las que hay en el expediente penal....
Desde ya muchas gracias!!!
A mi cliente su locadora le vació el local que le alquilaba y funcionaba como peluquería... esto fue en el año 2001. Ya terminó toda la parte penal y fue condenada (probation año 2007) por el delito de usurpación. Ahora me derivan el tema para hacer el daños y no se por dónde empezar!!!
Ya de entrada tengo la duda si esto no estaría prescripto....no se como contar la interrupción del plazo por el juicio penal, pero en todo caso, ellos tenían contrato de locación, quizás pueda ir por responsabilidad contractual... lo que mas me preocupa son que fundamentos utilizar para armar este daño tan particular, y como cuantificarlo, y si las pruebas se manejan independientes de las que hay en el expediente penal....
Desde ya muchas gracias!!!
“La utopía está en el horizonte. Camino dos pasos, ella se aleja dos pasos y el horizonte se corre diez pasos más allá. ¿Entonces para qué sirve la utopía? Para eso, sirve para caminar”. (Eduardo Galeano)
¡Carpe Diem!
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