Hola como están ? recurro a ustedes por lo siguiente ; tengo una clienta que trabaja como empleada de servicio domestico en negro en un establecimiento rural, el mismo esta a nombre de una persona jurídica ( S.A.), pero como ella atendía exclusivamente a los titulares de la explotación y a su familia encuadre el caso dentro de la ley de servicio domestico, el tema es q cuando mande los telegramas los mande al domicilio comercial de la Sociedad porque al campo no llega el servicio postal.
La demanda la voy a notificar a ese domicilio comercial de la S.A., cuyos titulares son los demandados.
Ustedes que opinan ?
La demanda la voy a notificar a ese domicilio comercial de la S.A., cuyos titulares son los demandados.
Ustedes que opinan ?
"Cada día sabemos más y entendemos menos" ( Albert Einstein)