Buenas tardes. Mi duda se refiere a la Ley 12.297 que regula la Seguridad Privada.
En el articulo 8 refiere las Inhabilitaciones e Incompatibilidades del personal en actividad de fuerzas de seguridad.
Actualmente trabajo en el Servicio Penitenciario Bonaerense. Mi idea en un futuro cercano es crear mi propia empresa de Seguridad y, queriendo hacer todo apegado a la ley, me encuentro con este inconveniente.
Existe algún medio (legal) por el cual pueda sortear esta particularidad? Estuve leyendo y la persona jurídica se acerca a lo que estoy buscando pero no estoy completamente seguro si sea lo correcto.
Saludos
En el articulo 8 refiere las Inhabilitaciones e Incompatibilidades del personal en actividad de fuerzas de seguridad.
Actualmente trabajo en el Servicio Penitenciario Bonaerense. Mi idea en un futuro cercano es crear mi propia empresa de Seguridad y, queriendo hacer todo apegado a la ley, me encuentro con este inconveniente.
Existe algún medio (legal) por el cual pueda sortear esta particularidad? Estuve leyendo y la persona jurídica se acerca a lo que estoy buscando pero no estoy completamente seguro si sea lo correcto.
Saludos