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  • Ayuda intercambio epistolar. Trabajo no registrado. Silencio empleador

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1240138  por Doctore2019
 
Buenas, les comento mi duda.

1.- Trabajador con su domicilio real envia telegrama solicitando aclarar situacion laboral (Estaba en negro)

- No recibe contestación

2.- Trabajador reitera intimacion constituyendo domicilio legal en mi estudio

No recibe contestacion

3.- Trabajador envia telegrama dandose por despedido ante silencio del empleador


4.- Pasados 10 días desde ultimo telegrama, el empleador remite contestacion al domicilio legal diciendo que no existe silencio ya que ha respondido en tiempo y forma la primer intimacion al domicilio real del trabajador y el correo se lo informo como domicilio cerrado? Empleador en dicha cd cierra intercambio epistolar.


Que harian colegas? yo estoy por el trabajador. Gracias.
 #1240141  por pulpos
 
hola buen dia,

1ro que nada recorda cumplir con los requisistos de la ley 24013 y 25323, envia copia a la afip y denuncia bien; tareas, remuneración, fecha de ingreso y CCT.
Luego intima a que se manifiesten dentro de las 48hs sobre si proceden o no con la regularización laboral ( el plazo es de 30 dias pero intimalo para que en 48 hs manifiesten si proceden).
si hiciste todo esto y continua el silencio si podes considerarte despedido.
En base a tu consulta, sacaria el SECLO, si estaba en negro y cerro el intercambio epistolar intuyo que habrá negado la relacion laboral por lo que a los fines prácticos es lo mismo, para estar mas seguro podes responder esa ultima CD rechazando su contenido y ratificando los términos de tu misiva y luego solicitar el SECLO.
Saludos
 #1240142  por Doctore2019
 
Gracias pulpo, ya cumplidos los requisitos de ley 24013 y 25323 .

La duda es la siguiente, el trabajador se da por despedido (injuria: Silencio del empleador) hasta ese momento el trabajador no habia recibido contestacion alguna, ni a domicilio real empleado en primer intimacion ni al domicilio legal constituido en segunda intimacion.


Luego de que el trabajador se da por despedido (despido indirecto) responde el empleador por primera vez al domicilio legal, ataca la injuria (silencio) diciendo que el contesto al domicilio real la primer intimacion del trabajador. En esta misiva el empleador niega relacion laboral.

La duda es como sigo el intercambio o si vuelvo a intimar, para que niegue relacion en orden al 63 lct. Gracias. espero se entienda mi duda.
 #1240154  por pulpos
 
desde mi punto la intimación esta bien cursada y por ende el despido indirecto esta bien. Para que quedes mas segura podes rechazar su CD por extemporánea pero en muestra de buena fe y con miras a continuar con la relacion laboral los intimas por ultima vez para qeu en el plazo de 48hs procedan a registrar correctamente la relacional laboral conforme los datos que le suministras.
Ahi no les va a quedar opción que rechazar tu CD y ratificar que no existe relación laboral, con todo esto esta mas qeu justificado el despido indirecto.
suerte !
saludos
 #1240244  por adessoma
 
Tal vez yo tengo una opinión distinta: las multas de la ley 24013 no habrán de prosperar, atento a que el colega de la empleadora tuvo una estrategia muy inteligente a la luz de lo dispuesto en el art. 3°, inc. 2, del decreto reglamentario 2725/91.
Moraleja: si el empleador no niega la clandestinidad registral, nunca disolver el vínculo antes de los treinta días. Saludos.