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  • INTERVENTOR RECAUDADOR

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 #147796  por Ya
 
Hola buen dia a todos!
Tengo una ejecución de honorarios en Prov. de Bs. As. donde, dado que el monto exigido es bajo, solicité se designe interventor recaudador. Alguien podría guiarme con respecto a los pasos a seguir? El último proveido pide que una vez devueltos los autos de receptoría se remita la planilla correspondiente a la Camara. El chico de mesa de entradas me dijo que tengo que pedir yo x escrito que se remita la planilla y el juzgado es quien se encargará de hacerlo. Es asi?
Y despues? el interventor se presenta solo en el lugar señalado o yo también debo acompañarlo como sucede con el oficial de justicia en los casos de embargos, constataciones, etc?

Espero puedan ayudarme gracias!

 #148053  por abogado_1987
 
Hola Ya, el interventor se presenta solo en el lugar señalado > dá cumplimiento a la orden judicial > deposita el monto ordenado en la cuenta judicial perteneciente a las actuaciones

 #148061  por Sailaw
 
Si se presenta con oficio se presenta solo, si se presenta con mandamiento con oficial de justicia,

 #148114  por Ya
 
Muchas gracias a ambos por la respuesta!!

:wink:

 #162127  por Ya
 
Hola Sailaw me podes por favor aclarar esto que me comentabas? te cuento: cuando yo les hice la consulta era respecto de un expediente en el que el proveido del juez nada mencionaba sobre mandamiento. O sea, mandaba llevar adelante el embargo x parte del interventor recaudador.
Ahora, en otro expediente similar el juez provee lo siguiente: "trábese embargo por el 50% de las entradas brutas que por cualquier concepto tenga el comercio de la ejecutada hasta cubrir la suma de Pesos ...., librándose a tal fin el respectivo mandamiento, y decretándose la intervención judicial de dicho comercio...."
Entonces me acordé de lo que me explicabas anteriormente. Entonces, en el primer caso el interventor va solo al lugar y cumple con su tarea, en cambio en el segundo expediente lo acompaña también el oficial de justicia? Es así? En este ultimo caso acuerdan entre ellos o tengo que ir yo para acordar fecha y hora como sucede siempre que interviene un oficial de justicia?
Perdón mi ignorancia pero la verdad nunca pedi interventor... :oops: [/i]

 #164180  por dies a quo
 
Me barrunta algo como los martilleros que piden mandamientos para exhibir el inmueble...si el interventor recaudador ya esta en el expte comunicate con el para que presente el mandamiento de posesión en el cargo?? perdon si me exprese mal... pero si el no lo hace presentalo vos a confronte...el tendría que diligenciarlo x logica...Creo que el oficial de justicia va con el para decirle "aca tienen el recaudador". a los deudores....

 #166632  por Ya
 
Hola! gracias por tu respuesta! te cuento q pregunté directamente en el juzgado y me dicen q yo debo hacer el mandamiento de embargo que será diligenciado a través del oficial de justicia y la cédula al interventor (q es un contador en este caso). Y de ahi en mas me olvido. Ellos se contactarán entre sí y harán la diligencia

Gracias una vez mas :wink: