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  • PLAZOS TRASLADOS JUICIO EJECUTIVO

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 #1241333  por drademocracy
 
Hola Colegas, podrían ayudarme?
Estoy tramitando una ejecución fiscal -por la demandada obvio- y me surgió la duda de si los plazos de traslados son los del ordinario -5 días- o sumarísimo -3 días-.
El juez no dijo en el primer despacho que tramitará por la vía ordinaria o sumarísima...
Yo creo recordar que los juicios ejecutivo tienen los plazos de los sumarisimos, pero no lo encuentro ni en el código ni en ningún lado :(
Gracias!
 #1241339  por Tuiti
 
drademocracy, si estás hablando de una ejecución fiscal de AFIP ( o sea, en el orden nacional ) los plazos no son los del juicio sumarísimo; si es de alguna pcia. los desconozco.
En el orden nacional, la respuesta la encontrás en el art. 92 de la ley Nº 11.683. Aunque no establece ningún procedimiento en especial , habilita a presentar ciertas y determinadas excepciones y éstas no operan en el sumarísimo y aparte fija los plazos en 5 días. A éso, sumale que en su 1º despacho el juez no ordeno llevar adelante la ejec. por proceso sumarísimo.
Te repito, mi respuesta es para ejecuciones fiscales de AFIP que se rigen por la ley de Procedimiento Tributario. Del resto de las ejecuciones fiscales, ni idea.