Hola Colegas, podrían ayudarme?
Estoy tramitando una ejecución fiscal -por la demandada obvio- y me surgió la duda de si los plazos de traslados son los del ordinario -5 días- o sumarísimo -3 días-.
El juez no dijo en el primer despacho que tramitará por la vía ordinaria o sumarísima...
Yo creo recordar que los juicios ejecutivo tienen los plazos de los sumarisimos, pero no lo encuentro ni en el código ni en ningún lado
Gracias!
Estoy tramitando una ejecución fiscal -por la demandada obvio- y me surgió la duda de si los plazos de traslados son los del ordinario -5 días- o sumarísimo -3 días-.
El juez no dijo en el primer despacho que tramitará por la vía ordinaria o sumarísima...
Yo creo recordar que los juicios ejecutivo tienen los plazos de los sumarisimos, pero no lo encuentro ni en el código ni en ningún lado

Gracias!