Buenas tardes, consulto qué plazo tiene la concubina de un trabajador que ha fallecido para reclamar al empleador la indemnización del art 248 de la LCT.?
Además, por no tener la empresa documentación que respalde ese reclamo, ¿la empresa puede hacer una consignación judicial?
Y por último, la acción la inicia el empleador? o espera la intimación de parte de la concubina?
Aguardo sus respuestas, saludos!
Además, por no tener la empresa documentación que respalde ese reclamo, ¿la empresa puede hacer una consignación judicial?
Y por último, la acción la inicia el empleador? o espera la intimación de parte de la concubina?
Aguardo sus respuestas, saludos!