Hola colegas, consulto: si las demandadas (son 5) retiran el expediente para alegar en distinto orden de como se presentaron en autos....existe alguna sanción? (voy por actora). Muchas gracias!
El Cód. Proc. Nacional, dice en su art. 482: "...se entregará el expediente a los letrados por su orden y por el plazo de seis días". NADA DICE QUE, EL ORDEN, LO SEA POR EL DE CONTESTAR LA DEMANDA.