Se debe dejar, ante todo, debidamente asentado, que los animales no son personas y, por lo tanto, no son sujetos de derechos.
Por otra parte, se ha sostenido que: "Los animales domésticos gozan de leyes protectoras, son una buena compañía y brindan mucho afecto a sus dueños. Reciben un trato especial dado que comen, duermen, se enferman, se bañan, etc. Hace a la dignidad de la persona vivir, si así lo desea, con un animal doméstico, y que éste derecho no puede ser lesionado. La mera invocación de una cláusula del reglamento, sin atender a circunstancias particulares, configuraría una conducta abusiva".
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