Hola buen día. tengo una audiencia laboral en rosario pcia de santa fe del aticulo 56 (nuevas tratativas de conciliación) voy por la actor. Mi duda es respecto a l os alegatos, ya que el decreto de audiencia dice: " 1) Clausúrese el término probatorio; 2) Autos para sentencia y 3) Desígnase a los fines previstos en el Art. 56 del Código citado ..."
mi duda es respecto de los alegatos los presento a los 5 dias d notificarme del decreto o luego de producida la audiencia???
gracias
mi duda es respecto de los alegatos los presento a los 5 dias d notificarme del decreto o luego de producida la audiencia???
gracias