Estimados, buenas tardes,
Es mi primer consulta en esta comunidad. Me informo y aprendo leyéndolos hace años.
Les cuento que debo iniciar para la hija de mi marido, una acción de cuidado personal, siendo nosotros parte actora... Y no tengo experiencia en el rubro familia.
Esto es provincia de buenos aires (costa), y estoy aprendiendo de a poco cuestiones procesales.
En este caso, el padre es quien se hace cargo de la hija abonando todos sus gastos, incluso le paga una cuota a la madre (todo de palabra) y la menor vive 4 días con cada uno. Y la madre dificulta vacaciones, contactos con abuelos, incumple llevarla a clases, etc., entre otros impedimentos y exige dinero permanentemente.
Quisiera saber si efectivamente puedo solicitar el cuidado personal unilateral, y qué perspectivas de ganar a acción tengo,y si con la demanda debo presentar algún plan de parentalidad, o si eso sólo se reserva al común acuerdo o cuando se trata de modalidad indistinta o alternada.
También si conviene o no que un juez oiga a la menor, que tiene actualmente 11 años.
Si alguno me cuenta algo de su experiencia me será de mucha ayuda!
Desde ya muchas gracias a todos por el espacio.
Saludos y gracias!
Es mi primer consulta en esta comunidad. Me informo y aprendo leyéndolos hace años.
Les cuento que debo iniciar para la hija de mi marido, una acción de cuidado personal, siendo nosotros parte actora... Y no tengo experiencia en el rubro familia.
Esto es provincia de buenos aires (costa), y estoy aprendiendo de a poco cuestiones procesales.
En este caso, el padre es quien se hace cargo de la hija abonando todos sus gastos, incluso le paga una cuota a la madre (todo de palabra) y la menor vive 4 días con cada uno. Y la madre dificulta vacaciones, contactos con abuelos, incumple llevarla a clases, etc., entre otros impedimentos y exige dinero permanentemente.
Quisiera saber si efectivamente puedo solicitar el cuidado personal unilateral, y qué perspectivas de ganar a acción tengo,y si con la demanda debo presentar algún plan de parentalidad, o si eso sólo se reserva al común acuerdo o cuando se trata de modalidad indistinta o alternada.
También si conviene o no que un juez oiga a la menor, que tiene actualmente 11 años.
Si alguno me cuenta algo de su experiencia me será de mucha ayuda!
Desde ya muchas gracias a todos por el espacio.
Saludos y gracias!