Buenos días Colegas,
Traigo a consulta el siguiente caso. Apelado un expediente administrativo ante CMC en el mes de noviembre/18, con fecha Abril/19 se emite dictamen medico de CMC donde, rectificando lo resuelto por el Servicio de homologacion de la CMJurisdiccional, en sus conclusiones indica lo siguiente: "...por lo cual, atento la persistencia de sintomatología y considerando que se trató de una contingencia aceptada se indica evaluacion por medico especialista...Que por lo expuesto, la Comision Medica Central rectifica el dictamen recurrido." y apartado PRESTACIONES EN ESPECIE: "El damnificado debe continuar con prestaciones: Si. Evaluacion por medico especialista...." No fijando en consecuencia incapacidad.
Conforme voluntad de mi cliente aguardamos a que fuera reingresado a tratamiento, el que, entiendo, debiera haberse notificado al damnificado mediante medio telegrafico. Ello lo sucedio, y a la fecha el expediente administrativo se encuentra archivado.
Mis inquietudes giran en torno de qué pasos debemos seguir:
* Accion judicial de origen ante justicia ordinaria por encontrarse vencido el plazo de 60 días para resolver?
* Iniciar un nuevo expediente administrativo por silencio de la ART?
* Solicitar desarchivo de las actuaciones y, denunciando el incumplimiento de la ART a la manda administrativa, solicitar se expidan en torno del porcentual incapacitante?
Quedo a la espera de vuestros comentarios, gracias.-
Traigo a consulta el siguiente caso. Apelado un expediente administrativo ante CMC en el mes de noviembre/18, con fecha Abril/19 se emite dictamen medico de CMC donde, rectificando lo resuelto por el Servicio de homologacion de la CMJurisdiccional, en sus conclusiones indica lo siguiente: "...por lo cual, atento la persistencia de sintomatología y considerando que se trató de una contingencia aceptada se indica evaluacion por medico especialista...Que por lo expuesto, la Comision Medica Central rectifica el dictamen recurrido." y apartado PRESTACIONES EN ESPECIE: "El damnificado debe continuar con prestaciones: Si. Evaluacion por medico especialista...." No fijando en consecuencia incapacidad.
Conforme voluntad de mi cliente aguardamos a que fuera reingresado a tratamiento, el que, entiendo, debiera haberse notificado al damnificado mediante medio telegrafico. Ello lo sucedio, y a la fecha el expediente administrativo se encuentra archivado.
Mis inquietudes giran en torno de qué pasos debemos seguir:
* Accion judicial de origen ante justicia ordinaria por encontrarse vencido el plazo de 60 días para resolver?
* Iniciar un nuevo expediente administrativo por silencio de la ART?
* Solicitar desarchivo de las actuaciones y, denunciando el incumplimiento de la ART a la manda administrativa, solicitar se expidan en torno del porcentual incapacitante?
Quedo a la espera de vuestros comentarios, gracias.-