Buenas tardes foristas!
Una vez mas recurro al foro en caso de emergencia y desde ya agradezco las respuestas!
Mi duda es la siguiente, en capital yo participe de una demanda por daños y perjuicios en un accidente de transito, había mas de un demandado y la parte actora desistió de la acción contra mi parte y tiempo después, presento un acuerdo en el cual arreglo con los demás demandados por un monto muchísimo menor que el de la demanda; El punto es que si se toma como base para la regulación el monto del acuerdo del que no fui parte, mis honorarios, los cuales corren a cuenta de la parte actora, se verán extremadamente reducidos.- Por ello hago esta consulta: ¿no debería en caso de desistimiento tomarse como base regulatoria el monto de la demanda? ¿ me recomiendan realizar algún planteo en el expediente?
Nuevamente muchas gracias!
Una vez mas recurro al foro en caso de emergencia y desde ya agradezco las respuestas!
Mi duda es la siguiente, en capital yo participe de una demanda por daños y perjuicios en un accidente de transito, había mas de un demandado y la parte actora desistió de la acción contra mi parte y tiempo después, presento un acuerdo en el cual arreglo con los demás demandados por un monto muchísimo menor que el de la demanda; El punto es que si se toma como base para la regulación el monto del acuerdo del que no fui parte, mis honorarios, los cuales corren a cuenta de la parte actora, se verán extremadamente reducidos.- Por ello hago esta consulta: ¿no debería en caso de desistimiento tomarse como base regulatoria el monto de la demanda? ¿ me recomiendan realizar algún planteo en el expediente?
Nuevamente muchas gracias!