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  • PLAZO LEGAL PARA RESOLVER PENSIÓN NO CONTRIBUTIVA

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1248527  por SailorMeli
 
Buenos días colegas, quería consultarles si saben cual es el plazo legal que tiene anses para resolver una pension no contributiva. El cliente la inició en 2015 y el estado dice "su trámite ha ingresado... vuelva a consultar". En su momento se presentó certificado médico con 80% de incapacidad. El cliente se está muriendo de un cáncer terminal. Pedí un nuevo certificado al hospital ya que hay que enviarlo nuevamente a la andis, pero ademas quiero presentar un pronto despacho, y ahi quiero decir que excedio de sobras el plazo legal de tantos meses para resolver (como hago con el resto de los beneficios). No lo encontré en ningun lado, podré aplicarle el mismo plazo que las otras pensiones?
 #1248548  por MARIO1943
 
SailorMeli escribió: Vie, 18 Oct 2019, 11:14 Buenos días colegas, quería consultarles si saben cual es el plazo legal que tiene anses para resolver una pension no contributiva. El cliente la inició en 2015 y el estado dice "su trámite ha ingresado... vuelva a consultar". En su momento se presentó certificado médico con 80% de incapacidad. El cliente se está muriendo de un cáncer terminal. Pedí un nuevo certificado al hospital ya que hay que enviarlo nuevamente a la andis, pero ademas quiero presentar un pronto despacho, y ahi quiero decir que excedio de sobras el plazo legal de tantos meses para resolver (como hago con el resto de los beneficios). No lo encontré en ningun lado, podré aplicarle el mismo plazo que las otras pensiones?
QUE OTRAS PENSIONES? LA NO CONTRIBUTIVA NO TIENE RETROACTIVO, DEJASTE PASAR BASTANTE TIEMPO, SI LA PERSONA SE ESTABA MURIENDO, HACE AMPARO CON MEDIDA CAUTELAR POR EL ESTADO QUE SE ENCUENTRA Y AHI LE PEDILE EL RETROACTIVO,SI BIEN ES CIERTO NO TIENE RETROACTIVO, PERO ESTAMOS HABLANDO DE CASI 4 ANOS, POR DESIDIA Y POCA SENSIBILIDAD DEL ORGANISMO DE NO DEDICARLE LA URGENCIA QUE EL CASO MERECIA
 #1248555  por SailorMeli
 
Mario, este sr. recién viene a verme, no se lo inicié yo. Es una persona que no tiene recursos, el estado provincial le paga un alquiler, hasta la comida le dan. Lo unico "que está a mi alcance y al suyo" es presentar un pronto despacho. De todas maneras la iniciadora me pidió un nuevo CMO, que sea enviado a la ANDIS. Yo pensaba ademas presentarlo por escrito con un pronto despacho diciendo que desde 2015 a la fecha su salud empeoro y se esta muriendo. Pero me falta normativa, no se si me explico, quiero fundamentar el incumplimiento del plazo para resolver. Sino me baso en la ley de proc. adm?... Yo amparo no se lo hago, tengo tribunales a 200 km. :roll: