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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1248828  por silsu444
 
Bunas tardes, tengo una clienta con una deuda de Monotributo desde noviembre de 2001 hasta junio de 2004, no tiene cuenta bancaria, con que formulario debería pagar la deoda de capital e intereses de ese período, es con el formulario 155, para poder pagar en Rapipago o Pago Fácil?, gracias
Silsu444
 #1248856  por Emma2011
 
silsu444 escribió: Vie, 25 Oct 2019, 12:43 Bunas tardes, tengo una clienta con una deuda de Monotributo desde noviembre de 2001 hasta junio de 2004, no tiene cuenta bancaria, con que formulario debería pagar la deoda de capital e intereses de ese período, es con el formulario 155, para poder pagar en Rapipago o Pago Fácil?, gracias
Silsu444
El formulario 155 es para periodos posteriores al 2004...
 #1248924  por GABY05
 
Hola, tenes que pagar por VEP (volante electronico de pago). Si no tiene cuenta bancaria, podes asociar el cuit de tu cliente al tuyo, enviar los VEP y lo pagas desde tu cuenta bancaria.
Tenes que liquidar por CCM y marcar los VEPs que vas a pagar.
Hay varios tutoriales en internet de como hacerlo que te pueden ayudar.
Suerte
 #1248929  por MARIO1943
 
GABY05 escribió: Lun, 28 Oct 2019, 16:25 Hola, tenes que pagar por VEP (volante electronico de pago). Si no tiene cuenta bancaria, podes asociar el cuit de tu cliente al tuyo, enviar los VEP y lo pagas desde tu cuenta bancaria.
Tenes que liquidar por CCM y marcar los VEPs que vas a pagar.
Hay varios tutoriales en internet de como hacerlo que te pueden ayudar.
Suerte
TAL CUAL LO DIJO EMMA F 155, LOS PAGOS VEP YA NO SE PAGAN DESDE CCM, SI NO DESDE DD,JJ Y PAGOS
 #1248986  por sabrinaa
 
F 799/E CODIGO 376 019 019 periodo monotributo ejemplo 04/2000 $ 35.- para capital
F 799/E Codigo 376 019 051 Intereses.
Saca los intereses de datos para el pago del Sicam y pone un poco mas por que siempre arroja deuda .Yo pague en Bapro pagos.Suerte
 #1248993  por lucky
 
Si no se puede pagar por VEP, coincido con sabrinaa en cuanto al formulario.
Acá no es cuestión de multinota ni de períodos prescriptos o no prescriptos.
Según la Res. 555:


Período hasta 06/2004
Capital

Form. 799/E
Impuesto 376
Concepto 019
Sub-concepto 019
Intereses resarcitorios
Form. 799/E
Impuesto 376
Concepto 019
Sub- concepto 051
 #1249009  por MARIO1943
 
LAS IMPUTACIONES QUE PASARON NO COINCIDEN CON LO QUE DICE LA ULTIMA PREV 19/05/19

b. Pautas para Confeccionar los Formularios de Cancelación de Deuda

Trabajador Autónomo-Cancelación de deuda

Hasta 06/1994

Para la cancelación de deuda por capital, se completa una boleta por la totalidad de los períodos adeudados, sin discriminar el periodo. Imputar al mes de junio/1994 o fecha de cese, la que fuera anterior.

Formulario F799/E

Capital

Impuesto 966
Concepto 019
Sub-Concepto 019

Para la cancelación de deuda por intereses resarcitorios, se completa una boleta por la totalidad de los períodos adeudados, sin discriminar el periodo, imputar al mes de junio/1994 o fecha de cese, la que fuera anterior.

Formulario F799/E

Intereses

Impuesto 966
Concepto 019
Sub-Concepto 051

Desde 07/94 hasta 02/2007

Capital

Para la cancelación de deuda por capital, se deberá indicar al cajero que ingrese como formulario 1101 y el CRA (Código de Registro Autónomos) que corresponde. (Capital)

Desde el 03/2007 a la actualidad

Credencial para el pago: Form. 1101 o verbalmente indicando al cajero el CRA (código de registro autónomo).

Form. 1104 sólo para las amas de casa que opten por la Ley 24.828 o verbalmente informando al cajero el CRA (código de registro autónomo)- (capital).

Para abonar intereses Autónomos- Períodos

Desde 07/1994 hasta 06/2004

Formulario 801/E

Impuesto 358
Concepto 019
Sub-concepto 051

Desde 07/2004 a la actualidad:

Formulario 801/E

Se deben presentar dos formularios:

1. Para ingresar los intereses de los aportes

Impuesto 308
Concepto 019
Sub concepto 051

2. Para ingresar los intereses de las contribuciones:

Impuesto 358
Concepto 019
Sub-concepto 051
 #1249015  por lucky
 
Pero la consulta inicial es por monotributo. No por autónomo. ¿Es así, silsu444?
 #1249261  por MARCO82
 
Hola,
Según la Prev 19/05/19.
Trabajador Monotributista:
Cancelación de deuda
Período hasta 06/2004
Capital
Form. 799/E
Impuesto 376
Concepto 019
Sub-concepto 019
Intereses resarcitorios
Form. 799/E
Impuesto 376
Concepto 019
Sub- concepto 051
Período desde el 07/2004 a la actualidad
Capital
Form.155
Impuesto 021
Concepto 019
Sub-concepto 086
Intereses resarcitorios
Form. 155
Impuesto 021
Concepto 019
Sub-concepto 051

Ahora, fui hace unos días a pagar de esta forma y el rapi pago me pudo cobrar los intereses pero no me permitió pagar el capital con el código 086.
Alguien sabe porque???
 #1249276  por MARCO82
 
Ni Pago Facil, ni Santa Fe Servicios, ni Rapi Pago me lo puede cobrar...
 #1249309  por Emma2011
 
MARCO82 escribió: Lun, 04 Nov 2019, 16:38 Ni Pago Facil, ni Santa Fe Servicios, ni Rapi Pago me lo puede cobrar...
Hola, Fijate en la pagina de Afip: ABC consultas y respuestas frecuentes...entra a Monotributo y a Pago de Obligaciones.