Buenos días colegas:
Tengo un caso de despido indirecto bajo el régimen de la ley 22.250, CCT 76/75, en el que el trabajador percibia por hora un monto menor al que establecía para ese periodo la escala salarial de la UOCRA, y además trabajaba por una cantidad de horas mayor a la que figura en el recibo de sueldo. Mi duda se presenta al momento de establecer la base de cálculo, ya que no se si tener en cuenta el valor de la hora por convenio, o el efectivamente abonado, y además, si debo sumarle a ello el 20% de asistencia perfecta, que es un concepto remunerativo.
Desde ya, muchas gracias.
Tengo un caso de despido indirecto bajo el régimen de la ley 22.250, CCT 76/75, en el que el trabajador percibia por hora un monto menor al que establecía para ese periodo la escala salarial de la UOCRA, y además trabajaba por una cantidad de horas mayor a la que figura en el recibo de sueldo. Mi duda se presenta al momento de establecer la base de cálculo, ya que no se si tener en cuenta el valor de la hora por convenio, o el efectivamente abonado, y además, si debo sumarle a ello el 20% de asistencia perfecta, que es un concepto remunerativo.
Desde ya, muchas gracias.