Estimados, voy a iniciar una acción declarativa de certeza, art 322 CPCC en prov. bs as. Es a los fines de que una madre ponga a disposición de la justicia a su hijo menor de edad para practicarse un ADN (ya que ella no accede de forma extrajudicial ) y cese el estado de incertidumbre, ya que a mi cliente le endilgan la paternidad.
La pregunta es: se da traslado de demanda o se intima por mandamiento o cédula a la madre a que en tal fecha se presente en tal lugar a realizar el estudio.
Gracias
La pregunta es: se da traslado de demanda o se intima por mandamiento o cédula a la madre a que en tal fecha se presente en tal lugar a realizar el estudio.
Gracias