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  • ¿CONTRATO DE COMODATO?

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 #1251540  por Rosa16
 
Me vino a consultar una señora que es dueña de una casa de 5 ambientes. Como por ahora no la puede alquilar, le permite vivir a una amiga en una de las habitaciones y le permite que utilice la cocina y el baño y le hace pagar la luz, la tasa de ABL municipal. La dueña ingresa a la casa cuando quiere, tiene un fondo con arboles y frutales. Me pidió que realice un contrato que contemple que ella puede ingresar a la casa y que le permite a su amiga usar una de las habitaciones, usar el baño y la cocina comedor y que no puede ingresar a 2 habitaciones y que la amiga se va a hacer cargo del pago de la luz y de la tasa de ABL.

Les pregunto a ustedes ¿QUE TIPO DE CONTRATO DEBO REALIZAR? ¿COMODATO O UN CONTRATO DE USO DE HABITACION PRECARIO?

PODRIAN PASARME ALGUN MODELO QUE CONTEMPLE MI CASO.
 #1251648  por DRalonso
 
NOOOO!!!

PATEALO! LA "AMIGA" SE VA A TERMINAR QUEDANDO CON LA CASA, Y SI HACES CUALQUIER DE ESAS BARBARIDADES "¿COMODATO O UN CONTRATO DE USO DE HABITACION PRECARIO?" TU CLIENTA TE RECLAMARA A TI!!!
 #1251655  por legalescom
 
Estimado DrAlonso, ya lo dije y lo reitero, no se puede emitir opinión de carácter jurídico, a tontas y a locas. Si se emite una opinión, habrá que fundarla en derecho, sino, es preferible no responder a la consulta.
Ahora, paso a decirle al consultante que, quien puede lo más, puede lo menos. Si alguien, está facultado a dar en comodato un inmueble (art. 1533 del C. C. y C.), lo está, también, a circunscribirlo a partes determinadas del mismo, como lo refiere el consultante, de tal manera que el comodatario pueda hacer uso digno de las mismas. Lo que no cuadraría, por ej., el que no pudiera hacer uso del baño y/o de la cocina.
Mejor, establecer un plazo del mismo, como el derecho del comodante, a reservarse dos o más habitaciones, fondo, y poder tener acceso al inmueble, sin necesidad de requerir autorización previa del comodatario.
Como modelo, buscá un comodato, común y corriente, y lo acomodás, a gusto de tu clienta.
 #1251657  por legalescom
 
Es más, así como el C. C. y C. al tratar la locación, establece en su Art. 1188.- Forma. Oponibilidad. El contrato de locación de cosa inmueble o mueble registrable, de una universalidad que incluya a alguna de ellas, o de parte material de un inmueble, debe ser hecho por escrito.
Esta regla se aplica también a sus prórrogas y modificaciones.

Así también, al no estarlo prohibido, respecto del comodato, el contratar sobre una una parte determinada de un inmueble, se lo debe aceptar, al igual que la locación.
Creo, haber fundado, en derecho, mi respuesta a la consulta
 #1251660  por legalescom
 
Asimismo, resulta aplicable el Art. 1005.- Determinación. Cuando el objeto se refiere a bienes, éstos deben estar determinados en su especie o género según sea el caso, aunque no lo estén en su cantidad, si ésta puede ser determinada. Es determinable cuando se establecen los criterios suficientes para su individualización.
 #1251665  por DRalonso
 
ANTES ERA MAS EDUCADO DON LEGALES, SE HA CONTAGIADO DE OTROS, ABSTENGASE DE JUZGARME, UD. RECOMIENDA RIESGOS GRAVES A COLEGAS INEXPERTOS...

SERIA IMPORTANTE VUELVA A RESPIRAR SU UNICA RAFAGA DE HUMILDAD: "por legalescom 28 Dic 2019 21:30 Es mi criterio, espera él de otro colega, que pudiera ser distinto al mío."

ROSA TENE MUCHO CUIDADO: SI SE CUMPLE LA "LEY DE MURPHY" Y LO PEOR QUE PUEDE PASAR, PASA; TU CLIENTA TE RECLAMARA A TI POR TENER QUE HACER UN TREMENDO JUICIO DE DESALOJO!!!
 #1251673  por legalescom
 
Estimado colega: No tiene porqué ser un "tremendo juicio de desalojo", sino, solo un simple juicio de desalojo si, la comodataria, no devolviere las comodidades afectadas, en el plazo estipulado en el contrato respectivo.
Sin perjuicio de ello, le rogaría que, en lo sucesivo, responda a las consultas con criterio jurídico. Se lo pido yo, en nombre de los colegas, que podrían ver frustradas sus consultas legales y ante la pasividad absoluta, de quien debiera orientar, tanto a los consultantes, como a los que le contestan sus preguntas, sin ninguna referencia y sustento jurídico.

Por otra parte advierto que, suman propagandas a este Portal, pero, nada hacen para elevar el nivel jurídico, no de las preguntas, sino de las respuestas.
 #1251683  por DRalonso
 
SIEMPRE EN SU TORRE DE MARFIL

CON RAZON FEDERICO LO PULLA

¿PAGAS VOS EL DESALOJO?
 #1251685  por legalescom
 
Con tu criterio, entonces, tampoco vale la pena alquilar, por cuanto, si vencido el contrato, el inquilino no se va, tendrías que promoverle el desalojo. Si bien, en el desalojo del inquilino, pagaría el garante, en el del comodatario remiso en irse, pagaría éste, siempre y cuando, no se constituya un fiador solidario, liso, llano y principal pagador, tanto de los impuestos, tasas y servicios, a cargo de comodatario, como las costas, en caso de desalojo.
 #1251686  por legalescom
 
Por otra parte, no me menciones a Federico (2019), para avalar tu postura. Ese, no quiere a nadie y, ni vos, te salvaste.

Re: PLAZO FIJO A NOMBRE DE CÓNYUGE FALLECIDO
#1251411 por Federico2017
Dom, 22 Dic 2019, 02:55
:lol: :lol: :lol: :lol: el seudoabogado Dralonso le pregunta la localidad para mandarle los chorros :lol: :lol: :lol: :lol: :lol: :lol:
legalescom escribió:
Te reitero, DrAlonso, no interesa "LA LOCALIDAD", cuando el tema es una cuestión de fondo, ya que el Código Civil y Comercial, se aplica en todo el ámbito nacional.
 #1251708  por drany
 
Bueh. El tema es que DrAlonso o como sea, no tiene la más mínima actitud de autocrítica. No contento con ello, descalifica a los colegas, los manda a estudiar, les dice que no saben nada, que no hacen bien su trabajo y otras lindeces. Después viene a ofenderse porque supone, atacan su inteligencia. Realiza sus propios diagnósticos (quizá sea también psiquiatra): EGOLATRA (Tomá) y también bizarra a una persona que ni ahí conoce. A mi esto me importa la misma nada. El tema es que hay colegas que entran al foro a fin de despejar sus dudas, y las opiniones de este forista, son francamente patéticas, carentes de rigor jurídico alguno y obviamente desorientan, cosa que no vendría a ser el fin de este portal. Absolutamente coincido con Legales, un lujo para lo poco potable que va quedando en este foro. Qué tendrá que ver la localidad?????? En todo caso si se trata de una consulta que tenga que ver con las formas, habrá que preguntar jurisdicción. Y si se trata de una consulta que tenga que ver con leyes de fondo, es obvio que la "localidad" deviene en una pregunta absolutamente superflua y carente de sentido. Disculpen la catarsis, pero la verdad es que extraño el nivel que supo conseguir este foro años ha. Abrazo legales.com
 #1251709  por drany
 
Bueh. El tema es que DrAlonso o como sea, no tiene la más mínima actitud de autocrítica. No contento con ello, descalifica a los colegas, los manda a estudiar, les dice que no saben nada, que no hacen bien su trabajo y otras lindeces. Después viene a ofenderse porque supone, atacan su inteligencia. Realiza sus propios diagnósticos (quizá sea también psiquiatra): EGOLATRA (Tomá) y también bizarra a una persona que ni ahí conoce. A mi esto me importa la misma nada. El tema es que hay colegas que entran al foro a fin de despejar sus dudas, y las opiniones de este forista, son francamente patéticas, carentes de rigor jurídico alguno y obviamente desorientan, cosa que no vendría a ser el fin de este portal. Absolutamente coincido con Legales, un lujo para lo poco potable que va quedando en este foro. Qué tendrá que ver la localidad?????? En todo caso si se trata de una consulta que tenga que ver con las formas, habrá que preguntar jurisdicción. Y si se trata de una consulta que tenga que ver con leyes de fondo, es obvio que la "localidad" deviene en una pregunta absolutamente superflua y carente de sentido. Disculpen la catarsis, pero la verdad es que extraño el nivel que supo conseguir este foro años ha. Abrazo legales.com
 #1251712  por legalescom
 
Muchas gracias Drany, totalmente de acuerdo con vos. Fijate que la consultante , creo que Rosa 16, recibió la primera respuesta, por parte del del DrAlonso y salió despavorida, ya que no volvió a repreguntar nada más más.
Le respondió, a su pregunta, el DRAlonso:
"NOOOO!!!
PATEALO! LA "AMIGA" SE VA A TERMINAR QUEDANDO CON LA CASA, Y SI HACES CUALQUIER DE ESAS BARBARIDADES "¿COMODATO O UN CONTRATO DE USO DE HABITACION PRECARIO?" TU CLIENTA TE RECLAMARA A TI!!! "

Si nadie toma cartas en el asunto, si vos y yo, como otros tantos colegas, con inquietudes de aportar algo, para los que recién se inician, no ponemos coto a que se diga cualquier cosa, estaríamos desvirtuando la finalidad de este Portal y provocando una verdadera aquelarre.