Buenas tardes estimados.
Consulta laboral. Fallecimiento del trabajador. Tiene dos hijos matrimoniales (mayores) y otro extra matrimonial (menor). Hay que pagarle el 50% de la indemnización por antiguedad (art. 245 LCT). La consulta es 1) al haber un menor, tiene que intervenir el Ministerio pupilar? el pago es solidario, puede cobrar un solo heredero por todos? si lo llevo al SECLO, dan vista al Ministerio Pupilar?
2) además de ese rubro, se le tienen que pagar el resto de la liquidación (SAC, aguinaldo, vacaciones, etc)? ¿Pueden además iniciar reclamos por multas por no haber estado bien registrado (art. 1 y 2 Ley 25.323, art 45 Ley 25.345)?
Un mar de dudas!
Muchas gracias a todo aquel que pudiera orientarme!
Saludos.
Pablo
Consulta laboral. Fallecimiento del trabajador. Tiene dos hijos matrimoniales (mayores) y otro extra matrimonial (menor). Hay que pagarle el 50% de la indemnización por antiguedad (art. 245 LCT). La consulta es 1) al haber un menor, tiene que intervenir el Ministerio pupilar? el pago es solidario, puede cobrar un solo heredero por todos? si lo llevo al SECLO, dan vista al Ministerio Pupilar?
2) además de ese rubro, se le tienen que pagar el resto de la liquidación (SAC, aguinaldo, vacaciones, etc)? ¿Pueden además iniciar reclamos por multas por no haber estado bien registrado (art. 1 y 2 Ley 25.323, art 45 Ley 25.345)?
Un mar de dudas!
Muchas gracias a todo aquel que pudiera orientarme!
Saludos.
Pablo