Estimados,
Disculpen que les haga esta consulta, quizas les resulte muy básica pero soy muy novato.
Quisiera saber que leer y donde leer que explique el plazo de prescripcion de una orden judicial de traslado a hospital publico para evaluacion medica.
En el escrito dice que que notifiquen a la Jefatura Distrital y a la DDI de la Policia de Seguridad de la Pcia de Bs As.
¿Por lo que entiendo que si la persona buscada se mantiene fuera de la Pcia de Bs. As., entonces no corre riesgo de ser trasladada al Hospital? ¿Cuan probable es que se notifique a otras provincias o pasos de frontera para que el buscado sea trasladado al Hospital? ¿Que riesgo corre de ser trasladaddo al hospital si viaja en transporte público de larga distancia, teniendo en cuenta que los pasajes llevan numero de DNI?
Cabe indicar que a el buscado no se le entregó copia ni se le pidió firmar ningún escrito más que una orden de cese (de insultos, etc hacia la denunciante).
El denunciado no se quiere presentar porque no quiere quedar internado 48h en psiquiatria, conociendo lo horripilante de ese sector del hospital, en el cual estaria sin poder siquiera utilizar su celular ni en el baño. Además de padece dolor crónico para el cual está medicado por su médico de cabecera del mismo hospital pero según logró informarse, (ya que conoce a personas que hasta hace poco trabajaban en el área psiquíatrica de ese hospital), seguramente no se le proporcionará toda la medicación que requiere ya que los médicos de esa área suelen decir que no están de acuerdo con el tratamiento que tiene indicado el paciente por su médico de cabecera.
¿La intervención de un abogado garantista y/o constitucional puede ser de ayuda?
Muchas gracias
Saludos cordiales
Marcelo
Disculpen que les haga esta consulta, quizas les resulte muy básica pero soy muy novato.
Quisiera saber que leer y donde leer que explique el plazo de prescripcion de una orden judicial de traslado a hospital publico para evaluacion medica.
En el escrito dice que que notifiquen a la Jefatura Distrital y a la DDI de la Policia de Seguridad de la Pcia de Bs As.
¿Por lo que entiendo que si la persona buscada se mantiene fuera de la Pcia de Bs. As., entonces no corre riesgo de ser trasladada al Hospital? ¿Cuan probable es que se notifique a otras provincias o pasos de frontera para que el buscado sea trasladado al Hospital? ¿Que riesgo corre de ser trasladaddo al hospital si viaja en transporte público de larga distancia, teniendo en cuenta que los pasajes llevan numero de DNI?
Cabe indicar que a el buscado no se le entregó copia ni se le pidió firmar ningún escrito más que una orden de cese (de insultos, etc hacia la denunciante).
El denunciado no se quiere presentar porque no quiere quedar internado 48h en psiquiatria, conociendo lo horripilante de ese sector del hospital, en el cual estaria sin poder siquiera utilizar su celular ni en el baño. Además de padece dolor crónico para el cual está medicado por su médico de cabecera del mismo hospital pero según logró informarse, (ya que conoce a personas que hasta hace poco trabajaban en el área psiquíatrica de ese hospital), seguramente no se le proporcionará toda la medicación que requiere ya que los médicos de esa área suelen decir que no están de acuerdo con el tratamiento que tiene indicado el paciente por su médico de cabecera.
¿La intervención de un abogado garantista y/o constitucional puede ser de ayuda?
Muchas gracias
Saludos cordiales
Marcelo