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  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #149549  por Let
 
Hola colegas!!!
Alguno atraviesa por experiencia similar?
Estoy matriculada en La Plata y en octubre de 2005 me matriculé también en Capital Federal. El mismo día que me matriculé, ejercí la opción del art. 5 de la ley 1181 que permite no aportar a la caja a los afiliados que están obligatoriamente inscriptos a otra caja. Aclaro que la ley estabeció un plazo de 180 días para ejercer dicha opción "a partir de la vigencia de la ley".
Recien en marzo me constestaron respecto de ello, denegandome la posibilidad por la ridicula idea que lo hice fuera del plazo establecido por la ley. Ridicula porque cuando corría el plazo de 180 días yo todavía no estaba en condiciones de optar por la sencilla razón de no estar matriculada.
Ahora tengo la posibilidad de rsolicitar la reconsideración de la medida, para luego seguir con los recursos administrativos.
Ya me anoté para adherirme a la medida cautelar obtenida por el colegio de abogados de la capital.
Que puedo hacer? No me dedico a derecho administrativo, alguien tiene algún formato de recurso administrativo respecto de este tema.
Gracias por cualquier aporte que puedan darme.

 #152175  por JAN58
 
Pienso que CA$$ABA ya tiene certificado de Defuncion.